PUNTO LEGAL - Firma de abogados

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📌 ¿𝗟𝗔 𝗣𝗥𝗜𝗦𝗜𝗢́𝗡 𝗣𝗥𝗘𝗩𝗘𝗡𝗧𝗜𝗩𝗔 𝗦𝗜𝗚𝗨𝗘 𝗦𝗜𝗘𝗡𝗗𝗢 𝗨𝗡𝗔 𝗠𝗘𝗗𝗜𝗗𝗔 𝗖𝗔𝗨𝗧𝗘𝗟𝗔𝗥 𝗢 𝗦𝗘 𝗛𝗔 𝗖𝗢𝗡𝗩𝗘𝗥𝗧𝗜𝗗𝗢 𝗘𝗡 𝗨𝗡𝗔 𝗣𝗘𝗡𝗔 𝗦𝗜𝗡 𝗝𝗨𝗜𝗖𝗜𝗢?El reciente libro d...
18/07/2026

📌 ¿𝗟𝗔 𝗣𝗥𝗜𝗦𝗜𝗢́𝗡 𝗣𝗥𝗘𝗩𝗘𝗡𝗧𝗜𝗩𝗔 𝗦𝗜𝗚𝗨𝗘 𝗦𝗜𝗘𝗡𝗗𝗢 𝗨𝗡𝗔 𝗠𝗘𝗗𝗜𝗗𝗔 𝗖𝗔𝗨𝗧𝗘𝗟𝗔𝗥 𝗢 𝗦𝗘 𝗛𝗔 𝗖𝗢𝗡𝗩𝗘𝗥𝗧𝗜𝗗𝗢 𝗘𝗡 𝗨𝗡𝗔 𝗣𝗘𝗡𝗔 𝗦𝗜𝗡 𝗝𝗨𝗜𝗖𝗜𝗢?

El reciente libro del profesor Francisco Celis Mendoza Ayma, Prisión preventiva. Una pena sin juicio, plantea una de las críticas más profundas que pueden formularse al sistema cautelar peruano. Basta revisar la estructura de la obra para advertir que el verdadero debate ya no gira únicamente sobre los presupuestos del artículo 268 del Código Procesal Penal, sino sobre la manera en que los operadores jurídicos vienen interpretando y aplicando la prisión preventiva.

𝗟𝗔 𝗧𝗘𝗦𝗜𝗦 𝗖𝗘𝗡𝗧𝗥𝗔𝗟 𝗗𝗘𝗟 𝗟𝗜𝗕𝗥𝗢
El autor parte de una afirmación provocadora: la prisión preventiva, concebida constitucionalmente como una medida cautelar excepcional, en muchos casos ha dejado de cumplir esa función y ha pasado a operar como una verdadera pena anticipada. No se trataría de un problema aislado ni de simples excesos judiciales, sino de una deformación estructural del proceso penal.

𝗘𝗟 𝗣𝗥𝗢𝗕𝗟𝗘𝗠𝗔 𝗡𝗢 𝗘𝗦 𝗟𝗔 𝗟𝗘𝗬, 𝗦𝗜𝗡𝗢 𝗦𝗨 𝗜𝗡𝗧𝗘𝗥𝗣𝗥𝗘𝗧𝗔𝗖𝗜𝗢́𝗡
Uno de los aspectos que más llama la atención es que la crítica no se dirige únicamente al texto legal. Por el contrario, el índice revela que el autor cuestiona la forma en que se interpretan conceptos como los graves y fundados elementos de convicción, el peligro de fuga, el peligro de obstaculización, la prognosis de pena, la proporcionalidad y la motivación judicial. Es decir, el problema estaría en la práctica judicial más que en la norma misma.

𝗨𝗡𝗔 𝗢𝗕𝗥𝗔 𝗖𝗢𝗡𝗦𝗧𝗥𝗨𝗜𝗗𝗔 𝗗𝗘𝗦𝗗𝗘 𝗟𝗔 𝗧𝗘𝗢𝗥𝗜́𝗔 𝗗𝗘 𝗟𝗔 𝗣𝗥𝗨𝗘𝗕𝗔
No es casual que varios capítulos estén dedicados a los estándares probatorios objetivos, la racionalidad de las inferencias, las falacias argumentativas y la motivación reforzada. Todo ello permite advertir que el profesor Celis pretende reconstruir el razonamiento cautelar desde una perspectiva epistemológica, exigiendo que las decisiones sobre libertad personal descansen en inferencias verificables y no en intuiciones o fórmulas repetidas mecánicamente.

𝗘𝗟 𝗣𝗘𝗟𝗜𝗚𝗥𝗢 𝗣𝗥𝗢𝗖𝗘𝗦𝗔𝗟 𝗕𝗔𝗝𝗢 𝗥𝗘𝗩𝗜𝗦𝗜𝗢́𝗡
El índice también permite advertir una crítica al uso expansivo del peligro de fuga y del peligro de obstaculización. Temas como el automatismo de la prognosis de pena, la falacia del non sequitur, la ponderación de los arraigos y el análisis probabilístico del riesgo evidencian que el autor cuestiona aquellas decisiones que convierten la prisión preventiva en una consecuencia casi automática de la gravedad del delito investigado.

𝗠𝗔́𝗦 𝗔𝗟𝗟𝗔́ 𝗗𝗘𝗟 𝗗𝗘𝗕𝗔𝗧𝗘 𝗝𝗨𝗥𝗜́𝗗𝗜𝗖𝗢
Quizá uno de los aspectos más interesantes sea que la obra no se limita al análisis dogmático. El apéndice anuncia reflexiones sobre el poder punitivo, la presión mediática, el populismo penal, los juicios paralelos y la instrumentalización del proceso cautelar. Con ello, el debate deja de ser exclusivamente procesal para convertirse también en una discusión sobre los límites del poder del Estado frente a la libertad individual.

𝗨𝗡𝗔 𝗢𝗕𝗥𝗔 𝗤𝗨𝗘 𝗣𝗥𝗢𝗠𝗘𝗧𝗘 𝗚𝗘𝗡𝗘𝗥𝗔𝗥 𝗗𝗘𝗕𝗔𝗧𝗘
A juzgar por su estructura, este libro no busca ofrecer respuestas cómodas ni confirmar las prácticas habituales. Todo lo contrario: invita a revisar críticamente los presupuestos de la prisión preventiva y a preguntarnos si las decisiones cautelares siguen respondiendo a su naturaleza excepcional o si, progresivamente, han terminado sustituyendo al propio juicio penal.

📖 Libro: Prisión preventiva. Una pena sin juicio
Autor: Francisco Celis Mendoza Ayma.
Descargar pdf:
https://drive.google.com/file/d/1wOBIE_eO9ybuawL0OeqOvbMdYX2PWgdm/view?usp=drivesdk
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𝐋𝐀 𝐏𝐑𝐔𝐄𝐁𝐀 𝐃𝐄 𝐋𝐎𝐒 𝐇𝐄𝐂𝐇𝐎𝐒AUTOR: MICHELE TARUFFO𝟏. 𝐏𝐑𝐔𝐄𝐁𝐀 𝐘 𝐕𝐄𝐑𝐃𝐀𝐃 𝐄𝐍 𝐄𝐋 𝐏𝐑𝐎𝐂𝐄𝐒𝐎 𝐉𝐔𝐃𝐈𝐂𝐈𝐀𝐋La obra parte de la relación funda...
17/07/2026

𝐋𝐀 𝐏𝐑𝐔𝐄𝐁𝐀 𝐃𝐄 𝐋𝐎𝐒 𝐇𝐄𝐂𝐇𝐎𝐒
AUTOR: MICHELE TARUFFO

𝟏. 𝐏𝐑𝐔𝐄𝐁𝐀 𝐘 𝐕𝐄𝐑𝐃𝐀𝐃 𝐄𝐍 𝐄𝐋 𝐏𝐑𝐎𝐂𝐄𝐒𝐎 𝐉𝐔𝐃𝐈𝐂𝐈𝐀𝐋
La obra parte de la relación fundamental entre la prueba y la determinación de la verdad en el proceso. El autor critica las posturas que separan la verdad procesal de la realidad, rechazando la distinción rígida entre verdad formal y material. Sostiene que el proceso no persigue una verdad absoluta, pero sí una verdad relativa y razonable, sustentada en la correspondencia entre los enunciados probados y lo realmente ocurrido. Analiza también las contradicciones que surgen al negar la relevancia de la verdad, ya que sin ella se pierde el fundamento de la justicia de la decisión.

𝟐. 𝐄𝐋 𝐇𝐄𝐂𝐇𝐎 𝐂𝐎𝐌𝐎 𝐎𝐁𝐉𝐄𝐓𝐎 𝐃𝐄 𝐋𝐀 𝐏𝐑𝐔𝐄𝐁𝐀
Se define qué debe entenderse por "hecho" en el ámbito jurídico: no son sucesos en bruto, sino descripciones seleccionadas conforme a la relevancia que les asignan las normas. Se distinguen hechos principales y secundarios, así como hechos complejos, colectivos o psíquicos, todos ellos susceptibles de ser probados. El juez no conoce los hechos directamente, sino a través de los enunciados que las partes y las pruebas presentan, siempre dentro de los límites fijados por el ordenamiento jurídico.

𝟑. 𝐕𝐄𝐑𝐃𝐀𝐃, 𝐕𝐄𝐑𝐎𝐒𝐈𝐌𝐈𝐋𝐈𝐓𝐔𝐃 𝐘 𝐏𝐑𝐎𝐁𝐀𝐁𝐈𝐋𝐈𝐃𝐀𝐃
El autor examina los conceptos que suelen sustituir a la verdad en la práctica procesal. Diferencia la verosimilitud como simple apariencia de verdad, de la probabilidad cuantitativa o lógica como grado de confirmación de una hipótesis. Aunque reconoce el valor de estas herramientas, advierte que no pueden reemplazar la búsqueda de la verdad como correspondencia, ya que solo esta última garantiza que la decisión se base en lo que realmente sucedió. Propone entender la verdad como un objetivo alcanzable en términos relativos, ajustado a los medios y tiempos del proceso.

𝟒. 𝐇𝐈𝐏𝐎́𝐓𝐄𝐒𝐈𝐒 𝐘 𝐒𝐈𝐒𝐓𝐄𝐌𝐀𝐒 𝐃𝐄 𝐏𝐑𝐔𝐄𝐁𝐀
Todo proceso probatorio se articula en torno a hipótesis sobre lo ocurrido, que deben ser contrastadas con los elementos disponibles. Se analiza la prueba directa, la indirecta y las combinaciones entre ellas, así como los casos en que las pruebas se contradicen. La elección de la hipótesis aceptable se funda en el mayor grado de confirmación que reciba del conjunto probatorio, mediante un razonamiento racional que no se reduce a reglas matemáticas, pero que sigue criterios lógicos y de experiencia.

𝟓. 𝐋𝐀 𝐏𝐑𝐔𝐄𝐁𝐀 𝐉𝐔𝐑𝐈́𝐃𝐈𝐂𝐀 𝐘 𝐒𝐔 𝐑𝐄𝐆𝐔𝐋𝐀𝐂𝐈𝐎́𝐍
Se señala que la prueba judicial tiene características propias distintas de la investigación científica o histórica, ya que está sujeta a reglas de admisibilidad, oportunidad y límites procesales. Se estudia la diferencia entre sistema de prueba legal y libre valoración, destacando que este último exige mayor rigor en la motivación. Se resalta también la importancia de garantizar el principio de contradicción y de controlar que la valoración respete la lógica y las máximas de la experiencia.

𝟔. 𝐂𝐑𝐈́𝐓𝐈𝐂𝐀 𝐀 𝐋𝐀𝐒 𝐏𝐎𝐒𝐓𝐔𝐑𝐀𝐒 𝐄𝐒𝐂𝐄́𝐏𝐓𝐈𝐂𝐀𝐒 𝐘 𝐀𝐋𝐓𝐄𝐑𝐍𝐀𝐓𝐈𝐕𝐀𝐒
Taruffo refuta las corrientes que consideran la verdad como algo irrelevante o inalcanzable en juicio, ya sea por razones filosóficas, ideológicas o prácticas. Muestra cómo estas posturas suelen confundir la imposibilidad de certeza absoluta con la imposibilidad de cualquier conocimiento fiable. Rechaza también las visiones que reducen el proceso a un mero juego retórico o narrativo, olvidando que su fin último es dar una respuesta fundada a lo que realmente ocurrió.

𝟕. 𝐂𝐎𝐍𝐂𝐋𝐔𝐒𝐈𝐎𝐍𝐄𝐒 𝐘 𝐀𝐋𝐂𝐀𝐍𝐂𝐄 𝐃𝐄 𝐋𝐀 𝐎𝐁𝐑𝐀
La obra concluye que la prueba de los hechos es un pilar esencial del Estado de Derecho, ya que sin una determinación veraz no hay decisión justa ni respeto a las normas. Se ofrece una visión que integra la teoría general del conocimiento con las reglas procesales, proponiendo un equilibrio entre la rigurosidad epistemológica y las exigencias prácticas del proceso. El texto se convierte en referencia indispensable para comprender la prueba no solo como técnica, sino como instrumento de justicia y garantía de los derechos.
DESCARGAR AQUI 👇https://drive.google.com/file/d/14wfrXonaEy_Cr3x916Ojww92pOZP4gXG/view?usp=sharing


12/07/2026

HALLAN VAGONETA REPLETA DE DROGA

Personal de la F.E.L.C.N., durante un operativo de control vehicular realizado sobre la carretera Oruro–Uyuni, logró interceptar un vehículo particular sospechoso.
En la revisión y requisa del motorizado se encontraron 508 paquetes con una sustancia verduzca que tras la prueba de campo, dio resultado positivo (+) para ma*****na.
Ante la flagrancia del hecho, se procedió a la aprehensión de una persona, previa lectura de sus derechos y garantías constitucionales.



En el núcleo de toda democracia constitucional hay una exigencia ineludible: el poder debe estar justificado, limitado y...
22/05/2026

En el núcleo de toda democracia constitucional hay una exigencia ineludible: el poder debe estar justificado, limitado y orientado por razones públicas. El principio de proporcionalidad responde exactamente a esta exigencia. Se trata de una regla estructural de control del poder, que impone a los órganos del Estado (sean judiciales, legislativos o administrativos) criterios objetivos y racionales para resolver conflictos entre derechos o bienes jurídicos.

Este principio se activa especialmente cuando hay una colisión entre derechos fundamentales —por ejemplo, entre libertad de expresión y protección del honor, entre desarrollo económico y medio ambiente, o entre orden público y derecho a la protesta—. Frente a esas tensiones, la proporcionalidad no permite decidir arbitrariamente ni con base en intuiciones morales vagas o razones ideológicas ocultas. Exige una justificación argumentativa y racional.

La doctrina y la jurisprudencia —especialmente la alemana— han sistematizado este principio en tres subprincipios que deben cumplirse acumulativamente:

📖Idoneidad: Toda medida estatal que restrinja un derecho debe perseguir un fin constitucional legítimo y ser adecuada para alcanzarlo. Si la medida no contribuye a ese fin, carece de sentido en una democracia racional.

📖Necesidad: Entre varias alternativas igualmente idóneas para lograr ese fin, debe escogerse la que menos restrinja derechos o cause menor afectación. Es el deber de minimizar la intervención en derechos fundamentales.

📖Proporcionalidad en sentido estricto: Incluso si la medida es idónea y necesaria, debe evaluarse si los beneficios que genera compensan el costo en términos de derechos limitados. Esta es una ponderación final que exige balancear cuidadosamente los valores en juego.

🕵️Compartimos el libro en: https://drive.google.com/file/d/14DGooUvwkG2jm0QHNuXtKdQ9wr4HLtM-/view?usp=drivesdk


⚖️ 𝗘𝗟 “𝗝𝗨𝗘𝗭 𝗛𝗘́𝗥𝗢𝗘” 𝗬 𝗟𝗔𝗦 𝗣𝗔𝗥𝗔𝗗𝗢𝗝𝗔𝗦 𝗗𝗘 𝗟𝗔 𝗝𝗨𝗦𝗧𝗜𝗖𝗜𝗔: 𝗖𝗨𝗔𝗡𝗗𝗢 𝗘𝗟 𝗠𝗔𝗚𝗜𝗦𝗧𝗥𝗔𝗗𝗢 𝗗𝗘𝗕𝗘 𝗘𝗟𝗘𝗚𝗜𝗥 𝗘𝗡𝗧𝗥𝗘 𝗟𝗔 𝗟𝗘𝗬, 𝗘𝗟 𝗣𝗢𝗗𝗘𝗥 𝗬 𝗟𝗔 𝗣𝗥𝗘𝗦𝗜𝗢́...
20/05/2026

⚖️ 𝗘𝗟 “𝗝𝗨𝗘𝗭 𝗛𝗘́𝗥𝗢𝗘” 𝗬 𝗟𝗔𝗦 𝗣𝗔𝗥𝗔𝗗𝗢𝗝𝗔𝗦 𝗗𝗘 𝗟𝗔 𝗝𝗨𝗦𝗧𝗜𝗖𝗜𝗔: 𝗖𝗨𝗔𝗡𝗗𝗢 𝗘𝗟 𝗠𝗔𝗚𝗜𝗦𝗧𝗥𝗔𝗗𝗢 𝗗𝗘𝗕𝗘 𝗘𝗟𝗘𝗚𝗜𝗥 𝗘𝗡𝗧𝗥𝗘 𝗟𝗔 𝗟𝗘𝗬, 𝗘𝗟 𝗣𝗢𝗗𝗘𝗥 𝗬 𝗟𝗔 𝗣𝗥𝗘𝗦𝗜𝗢́𝗡 𝗦𝗢𝗖𝗜𝗔𝗟
📚 El texto de Jaime Francisco Coaguila Valdivia analiza cómo el modelo tradicional de juez ha cambiado profundamente en el Estado constitucional contemporáneo. La obra sostiene que el juez actual ya no es un simple aplicador mecánico de la ley, sino un actor que enfrenta tensiones políticas, sociales, económicas y mediáticas al momento de decidir.
⚖️ 𝗣𝗨𝗡𝗧𝗢 𝗖𝗘𝗡𝗧𝗥𝗔𝗟 𝗗𝗘 𝗟𝗔 𝗢𝗕𝗥𝗔
El autor explica que la construcción del “modelo de juez” está rodeada de múltiples paradojas. El magistrado moderno oscila constantemente entre distintos roles y presiones que pueden afectar su independencia y legitimidad.
𝗟𝗔𝗦 𝗖𝗜𝗡𝗖𝗢 𝗚𝗥𝗔𝗡𝗗𝗘𝗦 𝗣𝗔𝗥𝗔𝗗𝗢𝗝𝗔𝗦 𝗗𝗘𝗟 𝗝𝗨𝗘𝗭
• 𝗣𝗮𝗿𝗮𝗱𝗼𝗷𝗮 𝗱𝗲 𝗹𝗮 𝗶𝗱𝗲𝗻𝘁𝗶𝗱𝗮𝗱:
El juez puede actuar como “jurista de Estado”, defensor del orden jurídico, o como “jurista de mercado”, influenciado por dinámicas económicas y sociales.
• 𝗣𝗮𝗿𝗮𝗱𝗼𝗷𝗮 𝗶𝗱𝗲𝗼𝗹𝗼́𝗴𝗶𝗰𝗮:
Algunos jueces buscan interpretar la Constitución con activismo judicial, mientras otros optan por posiciones conservadoras o contradictorias.
• 𝗣𝗮𝗿𝗮𝗱𝗼𝗷𝗮 𝗱𝗲 𝗹𝗮 𝗽𝗿𝘂𝗱𝗲𝗻𝗰𝗶𝗮:
El magistrado intenta mantener aceptación política, institucional y social, aunque ello pueda afectar su verdadera función jurisdiccional.
• 𝗣𝗮𝗿𝗮𝗱𝗼𝗷𝗮 𝗱𝗲𝗹 “𝗷𝘂𝗿𝗶𝘀𝘁𝗮 𝗱𝗲𝗹 𝗺𝗲𝗿𝗰𝗮𝗱𝗼”:
La justicia corre el riesgo de convertirse en una mercancía cuando el reconocimiento profesional y el poder pesan más que la tutela de derechos.
• 𝗣𝗮𝗿𝗮𝗱𝗼𝗷𝗮 𝗺𝗲𝗱𝗶𝗮́𝘁𝗶𝗰𝗮:
Los medios pueden elevar al magistrado como “juez estrella” o destruir su imagen mediante linchamientos mediáticos, transformando la justicia en espectáculo.
𝗘𝗟 “𝗝𝗨𝗘𝗭 𝗖𝗢𝗡𝗦𝗧𝗥𝗨𝗖𝗧𝗢𝗥”
La obra destaca una visión donde el juez no solo aplica normas, sino que puede convertirse en un “constructor” de justicia cotidiana, capaz de transformar el sistema desde los casos concretos.
📌 𝗖𝗢𝗡𝗖𝗟𝗨𝗦𝗜𝗢́𝗡 𝗘𝗦𝗣𝗘𝗖𝗜́𝗙𝗜𝗖𝗔
𝐄𝐥 𝐥𝐢𝐛𝐫𝐨 𝐜𝐨𝐧𝐜𝐥𝐮𝐲𝐞 𝐪𝐮𝐞 𝐞𝐥 𝐣𝐮𝐞𝐳 𝐜𝐨𝐧𝐭𝐞𝐦𝐩𝐨𝐫𝐚́𝐧𝐞𝐨 𝐯𝐢𝐯𝐞 𝐚𝐭𝐫𝐚𝐩𝐚𝐝𝐨 𝐞𝐧𝐭𝐫𝐞 𝐥𝐚 𝐥𝐞𝐲, 𝐥𝐚 𝐩𝐨𝐥𝐢́𝐭𝐢𝐜𝐚, 𝐥𝐚 𝐩𝐫𝐞𝐬𝐢𝐨́𝐧 𝐬𝐨𝐜𝐢𝐚𝐥 𝐲 𝐥𝐨𝐬 𝐦𝐞𝐝𝐢𝐨𝐬 𝐝𝐞 𝐜𝐨𝐦𝐮𝐧𝐢𝐜𝐚𝐜𝐢𝐨́𝐧. 𝐋𝐚 𝐯𝐞𝐫𝐝𝐚𝐝𝐞𝐫𝐚 𝐝𝐢𝐟𝐢𝐜𝐮𝐥𝐭𝐚𝐝 𝐝𝐞 𝐣𝐮𝐳𝐠𝐚𝐫 𝐧𝐨 𝐜𝐨𝐧𝐬𝐢𝐬𝐭𝐞 𝐬𝐨𝐥𝐨 𝐞𝐧 𝐚𝐩𝐥𝐢𝐜𝐚𝐫 𝐧𝐨𝐫𝐦𝐚𝐬, 𝐬𝐢𝐧𝐨 𝐞𝐧 𝐜𝐨𝐧𝐬𝐞𝐫𝐯𝐚𝐫 𝐢𝐧𝐝𝐞𝐩𝐞𝐧𝐝𝐞𝐧𝐜𝐢𝐚, 𝐫𝐚𝐜𝐢𝐨𝐧𝐚𝐥𝐢𝐝𝐚𝐝 𝐲 𝐥𝐞𝐠𝐢𝐭𝐢𝐦𝐢𝐝𝐚𝐝 𝐝𝐞𝐧𝐭𝐫𝐨 𝐝𝐞 𝐮𝐧 𝐜𝐨𝐧𝐭𝐞𝐱𝐭𝐨 𝐜𝐚𝐝𝐚 𝐯𝐞𝐳 𝐦𝐚́𝐬 𝐜𝐨𝐦𝐩𝐥𝐞𝐣𝐨 𝐲 𝐦𝐞𝐝𝐢𝐚𝐭𝐢𝐳𝐚𝐝𝐨.

destacados
👍 𝗗𝗮𝗹𝗲 𝗹𝗶𝗸𝗲 𝘆 𝗰𝗼𝗺𝗽𝗮𝗿𝘁𝗲 🤗
📄 𝗗𝗼𝗰𝘂𝗺𝗲𝗻𝘁𝗼 𝗰𝗼𝗺𝗽𝗹𝗲𝘁𝗼 𝗱𝗲𝘀𝗰𝗮𝗿𝗴𝗮 𝗮𝗾𝘂𝗶́ 👇
https://drive.google.com/file/d/1Pr-hZUm1pKI6s1E7ZKSIvGbVtSCrldiE/view?usp=sharing

Este libro, titulado❞𝗗𝗲𝗹𝗶𝘁𝗼 𝗱𝗲 𝗖𝗼𝗹𝘂𝘀𝗶𝗼́𝗻: 𝗣𝗿𝗼𝗽𝘂𝗲𝘀𝘁𝗮 𝗱𝗲 𝗙𝘂𝗻𝗱𝗮𝗺𝗲𝗻𝘁𝗼 𝘆 𝗣𝗿𝘂𝗲𝗯𝗮❞  de José Luis Mandujano Rubín (2018), presen...
12/05/2026

Este libro, titulado❞𝗗𝗲𝗹𝗶𝘁𝗼 𝗱𝗲 𝗖𝗼𝗹𝘂𝘀𝗶𝗼́𝗻: 𝗣𝗿𝗼𝗽𝘂𝗲𝘀𝘁𝗮 𝗱𝗲 𝗙𝘂𝗻𝗱𝗮𝗺𝗲𝗻𝘁𝗼 𝘆 𝗣𝗿𝘂𝗲𝗯𝗮❞ de José Luis Mandujano Rubín (2018), presenta un análisis exhaustivo sobre la corrupción en las contrataciones públicas en el Perú, estructurándose en cuatro capítulos fundamentales que abarcan desde la teoría general hasta la jurisprudencia específica. A continuación, se detalla un resumen de los puntos clave del texto:
𝟏. 𝐄𝐬𝐭𝐫𝐮𝐜𝐭𝐮𝐫𝐚 𝐲 𝐄𝐧𝐟𝐨𝐪𝐮𝐞 𝐆𝐞𝐧𝐞𝐫𝐚𝐥
- 𝐅𝐮𝐧𝐝𝐚𝐦𝐞𝐧𝐭𝐨 𝐀𝐜𝐚𝐝𝐞́𝐦𝐢𝐜𝐨: La obra surge como respuesta a la complejidad del delito de colusión y busca proporcionar herramientas doctrinarias y jurisprudenciales para enfrentar casos de corrupción de gran relevancia social, como el caso Odebrecht.
- 𝐂𝐚𝐩𝐢́𝐭𝐮𝐥𝐨𝐬:
𝐂𝐚𝐩𝐢́𝐭𝐮𝐥𝐨 𝐈: Evolución histórica y concepciones del delito (desde la etapa precientífica hasta Roxin y Jakobs).
𝐂𝐚𝐩𝐢́𝐭𝐮𝐥𝐨 𝐈𝐈: Clasificación y tipología delictiva según sujetos, acción y bien jurídico.
𝐂𝐚𝐩𝐢́𝐭𝐮𝐥𝐨 𝐈𝐈𝐈: Dogmática de los delitos contra la Administración Pública, enfocándose en la autoría y participación.
𝐂𝐚𝐩𝐢́𝐭𝐮𝐥𝐨 𝐈𝐕: Análisis específico del delito de colusión desde una perspectiva dogmática y jurisprudencial.
𝟐. 𝐃𝐞𝐟𝐢𝐧𝐢𝐜𝐢𝐨́𝐧 𝐲 𝐍𝐚𝐭𝐮𝐫𝐚𝐥𝐞𝐳𝐚 𝐝𝐞𝐥 𝐃𝐞𝐥𝐢𝐭𝐨 𝐝𝐞 𝐂𝐨𝐥𝐮𝐬𝐢𝐨́𝐧
𝐂𝐨𝐧𝐜𝐞𝐩𝐭𝐨: Se define como un pacto ilícito entre un funcionario público y un tercero (interesado) para defraudar al Estado en procesos de contratación.
𝐂𝐥𝐚𝐬𝐢𝐟𝐢𝐜𝐚𝐜𝐢𝐨́𝐧: "Colusión Simple" Es un delito de peligro concreto que se consuma con el solo acuerdo o pacto colusorio.
𝐂𝐨𝐥𝐮𝐬𝐢𝐨́𝐧 𝐀𝐠𝐫𝐚𝐯𝐚𝐝𝐚: Es un delito de resultado que requiere una defraudación patrimonial efectiva al Estado.
𝐃𝐞𝐥𝐢𝐭𝐨 𝐝𝐞 𝐈𝐧𝐟𝐫𝐚𝐜𝐜𝐢𝐨́𝐧 𝐝𝐞 𝐃𝐞𝐛𝐞𝐫: El autor principal debe ser un funcionario con nexo funcional en el proceso de contratación, quien infringe su deber específico de velar por los intereses estatales.
𝐃𝐞𝐥𝐢𝐭𝐨 𝐝𝐞 𝐄𝐧𝐜𝐮𝐞𝐧𝐭𝐫𝐨: Requiere necesariamente la intervención de dos partes (funcionario e interesado) con una finalidad común.
𝟑. 𝐄𝐥 𝐁𝐢𝐞𝐧 𝐉𝐮𝐫𝐢́𝐝𝐢𝐜𝐨 𝐓𝐮𝐭𝐞𝐥𝐚𝐝𝐨: El libro analiza diversas posturas sobre lo que el Estado busca proteger con esta norma:
𝐏𝐚𝐭𝐫𝐢𝐦𝐨𝐧𝐢𝐨 𝐄𝐬𝐭𝐚𝐭𝐚𝐥: Es el eje central, especialmente en la colusión agravada.
𝐋𝐞𝐚𝐥𝐭𝐚𝐝 𝐈𝐧𝐬𝐭𝐢𝐭𝐮𝐜𝐢𝐨𝐧𝐚𝐥: El deber del funcionario de actuar con probidad y rectitud.
𝐋𝐢𝐛𝐫𝐞 𝐂𝐨𝐦𝐩𝐞𝐭𝐞𝐧𝐜𝐢𝐚:Garantizar que otros proveedores tengan igualdad de oportunidades en las licitaciones.

𝟒. 𝐄𝐥𝐞𝐦𝐞𝐧𝐭𝐨𝐬 𝐝𝐞 𝐥𝐚 𝐓𝐢𝐩𝐢𝐜𝐢𝐝𝐚𝐝:
𝐒𝐮𝐣𝐞𝐭𝐨 𝐀𝐜𝐭𝐢𝐯𝐨 (𝐈𝐧𝐭𝐫𝐚𝐧𝐞𝐮𝐬):Solo puede ser el funcionario o servidor público que interviene por razón de su cargo en contratos, licitaciones o subastas.
𝐒𝐮𝐣𝐞𝐭𝐨 𝐏𝐚𝐬𝐢𝐯𝐨: El Estado.
𝐏𝐚𝐫𝐭𝐢𝐜𝐢𝐩𝐚𝐜𝐢𝐨́𝐧 𝐝𝐞𝐥 𝐓𝐞𝐫𝐜𝐞𝐫𝐨 (𝐄𝐱𝐭𝐫𝐚𝐧𝐞𝐮𝐬): El empresario interesado es considerado un "cómplice primario", ya que su intervención es necesaria para que el delito ocurra (participación necesaria).
𝟓. 𝐏𝐞𝐧𝐚𝐥𝐢𝐝𝐚𝐝 𝐲 𝐂𝐨𝐧𝐬𝐮𝐦𝐚𝐜𝐢𝐨́𝐧:
Se perfecciona tanto en la etapa de contratación como en la de ejecución o ampliación de contratos.
𝐂𝐨𝐧𝐬𝐮𝐦𝐚𝐜𝐢𝐨́𝐧: Se perfecciona tanto en la etapa de contratación como en la de ejecución o ampliación de contratos.
𝐏𝐞𝐧𝐚𝐬:
𝐂𝐨𝐥𝐮𝐬𝐢𝐨́𝐧 𝐒𝐢𝐦𝐩𝐥𝐞: 3 a 6 años de prisión.
𝗖𝗼𝗹𝘂𝘀𝗶𝗼́𝗻 𝗔𝗴𝗿𝗮𝘃𝗮𝗱𝗮:6 a 15 años de prisión.
Ambas modalidades incluyen inhabilitación y días-multa como sanciones complementarias.
El autor concluye que la correcta denominación y conceptualización del ilícito es la "piedra angular" para que los operadores de justicia puedan construir teorías del caso sólidas y uniformes, evitando pronunciamientos incongruentes.



destacados
📄 𝗗𝗼𝗰𝘂𝗺𝗲𝗻𝘁𝗼 𝗰𝗼𝗺𝗽𝗹𝗲𝘁𝗼 𝗱𝗲𝘀𝗰𝗮𝗿𝗴𝗮 𝗮𝗾𝘂𝗶́ 👇
https://drive.google.com/file/d/1qLn9JYUtv4hKV11B6Lc7j778c2fpaO6C/view?usp=sharing

𝗣𝗥𝗜𝗦𝗜𝗢́𝗡 𝗣𝗥𝗘𝗩𝗘𝗡𝗧𝗜𝗩𝗔: 𝗨𝗡𝗔 𝗣𝗘𝗡𝗔 𝗦𝗜𝗡 𝗝𝗨𝗜𝗖𝗜𝗢𝗟𝗔 𝗣𝗥𝗜𝗦𝗜𝗢́𝗡 𝗣𝗥𝗘𝗩𝗘𝗡𝗧𝗜𝗩𝗔 𝗖𝗢𝗠𝗢 𝗣𝗘𝗡𝗔 𝗔𝗡𝗧𝗜𝗖𝗜𝗣𝗔𝗗𝗔La obra parte de la premisa de que la...
29/04/2026

𝗣𝗥𝗜𝗦𝗜𝗢́𝗡 𝗣𝗥𝗘𝗩𝗘𝗡𝗧𝗜𝗩𝗔: 𝗨𝗡𝗔 𝗣𝗘𝗡𝗔 𝗦𝗜𝗡 𝗝𝗨𝗜𝗖𝗜𝗢

𝗟𝗔 𝗣𝗥𝗜𝗦𝗜𝗢́𝗡 𝗣𝗥𝗘𝗩𝗘𝗡𝗧𝗜𝗩𝗔 𝗖𝗢𝗠𝗢 𝗣𝗘𝗡𝗔 𝗔𝗡𝗧𝗜𝗖𝗜𝗣𝗔𝗗𝗔
La obra parte de la premisa de que la prisión preventiva se ha transformado, en muchos casos, en un instrumento de castigo anticipado en lugar de ser una medida cautelar excepcional
El autor sostiene que no es una desviación menor, sino una deformación estructural que compromete la racionalidad del proceso y la legitimidad del poder punitivo del Estado
Esta práctica opera como una pena encubierta que se aplica en las fases más tempranas del proceso, a menudo antes de que este siquiera comience formalmente
𝗟𝗔 𝗜𝗠𝗣𝗢𝗥𝗧𝗔𝗡𝗖𝗜𝗔 𝗗𝗘 𝗟𝗔 𝗜𝗠𝗣𝗨𝗧𝗔𝗖𝗜𝗢́𝗡 𝗖𝗢𝗡𝗖𝗥𝗘𝗧𝗔
Un pilar fundamental para un debate legítimo es la existencia de una imputación concreta, ya que sin una hipótesis fáctica precisa el debate carece de sentido epistémico y se vuelve disperso. La imputación concreta debe actuar como un filtro indispensable que impida la discusión de medidas coercitivas si no hay una base fáctica sólida y definida De lo contrario, las decisiones judiciales terminan sustentándose en meras sospechas o conjeturas en lugar de argumentos concretos.
𝗘𝗦𝗧𝗔́𝗡𝗗𝗔𝗥𝗘𝗦 𝗗𝗘 𝗖𝗢𝗡𝗩𝗜𝗖𝗖𝗜𝗢́𝗡: 𝗙𝗨𝗡𝗗𝗔𝗗𝗢𝗦 𝗬 𝗚𝗥𝗔𝗩𝗘𝗦
Para que proceda la medida, los elementos de convicción deben cumplir con el estándar de ser "fundados y graves". Lo "fundado" requiere que la inferencia de autoría sea racionalmente sustentable y coherente, apoyada en pruebas objetivas Por su parte, el estándar de "grave" se refiere a un juicio de probabilidad positiva alta respecto a la futura condena El autor critica el uso de etiquetas retóricas que los jueces emplean para ocultar valoraciones basadas en la intuición punitiva en vez de estándares verificables.
𝗘𝗟 𝗣𝗘𝗟𝗜𝗚𝗥𝗢 𝗣𝗥𝗢𝗖𝗘𝗦𝗔𝗟 𝗙𝗥𝗘𝗡𝗧𝗘 𝗔 𝗟𝗔 𝗣𝗥𝗢𝗚𝗡𝗢𝗦𝗜𝗦 𝗗𝗘 𝗣𝗘𝗡𝗔
El texto identifica un error persistente: confundir la prognosis de pena (la sanción que se espera) con el peligro procesal real de fuga u obstaculización Si bien la ley establece una valla mínima de pena superior a cinco años para abrir el debate, esto no debe interpretarse automáticamente como la existencia de un riesgo procesal El autor denuncia que se ha instrumentalizado la gravedad del delito para adelantar sanciones, convirtiendo el peligro de fuga en una "ficción judicial" basada en la peligrosidad del imputado.
𝗛𝗔𝗖𝗜𝗔 𝗨𝗡𝗔 𝗗𝗢𝗚𝗠𝗔́𝗧𝗜𝗖𝗔 𝗗𝗘 𝗥𝗘𝗦𝗜𝗦𝗧𝗘𝗡𝗖𝗜𝗔 𝗬 𝗥𝗔𝗖𝗜𝗢𝗡𝗔𝗟𝗜𝗗𝗔𝗗
Frente al uso abusivo de esta medida, el libro propone una "dogmática de resistencia" que confronte las prácticas judiciales cuando se apartan de los principios constitucionales El juez no debe actuar como un combatiente de la delincuencia o un agente de la política criminal, sino como un garante de derechos encargado de limitar el poder punitivo En última instancia, se busca recuperar el carácter excepcional, proporcional y fundado en riesgos objetivos de la prisión preventiva
👍 𝗗𝗮𝗹𝗲 𝗹𝗶𝗸𝗲 𝘆 𝗰𝗼𝗺𝗽𝗮𝗿𝘁𝗲 🤗
📄 𝗗𝗼𝗰𝘂𝗺𝗲𝗻𝘁𝗼 𝗰𝗼𝗺𝗽𝗹𝗲𝘁𝗼 𝗱𝗲𝘀𝗰𝗮𝗿𝗴𝗮 𝗮𝗾𝘂𝗶́ 👇
https://drive.google.com/file/d/1z9_3bsON8Y0WPsB5S_r9-vDM6g3Mz3e9/view?usp=sharing

𝟱𝟬𝟬 𝗠𝗢𝗗𝗘𝗟𝗢𝗦 𝗗𝗘 𝗗𝗘𝗠𝗔𝗡𝗗𝗔𝗦 𝗬 𝗘𝗦𝗖𝗥𝗜𝗧𝗢𝗦 𝗗𝗘𝗟 𝗣𝗥𝗢𝗖𝗘𝗦𝗢 𝗖𝗜𝗩𝗜𝗟𝗡𝗔𝗧𝗨𝗥𝗔𝗟𝗘𝗭𝗔 𝗬 𝗣𝗥𝗢𝗣𝗢́𝗦𝗜𝗧𝗢 𝗗𝗘𝗟 𝗖𝗢𝗠𝗣𝗘𝗡𝗗𝗜𝗢La obra es un trabajo práctico ...
29/04/2026

𝟱𝟬𝟬 𝗠𝗢𝗗𝗘𝗟𝗢𝗦 𝗗𝗘 𝗗𝗘𝗠𝗔𝗡𝗗𝗔𝗦 𝗬 𝗘𝗦𝗖𝗥𝗜𝗧𝗢𝗦 𝗗𝗘𝗟 𝗣𝗥𝗢𝗖𝗘𝗦𝗢 𝗖𝗜𝗩𝗜𝗟

𝗡𝗔𝗧𝗨𝗥𝗔𝗟𝗘𝗭𝗔 𝗬 𝗣𝗥𝗢𝗣𝗢́𝗦𝗜𝗧𝗢 𝗗𝗘𝗟 𝗖𝗢𝗠𝗣𝗘𝗡𝗗𝗜𝗢
La obra es un trabajo práctico que sistematiza más de 500 modelos de documentos procesales, siguiendo estrictamente la secuencia de los artículos del Código Procesal Civil Su objetivo fundamental es brindar pautas básicas para la elaboración material de demandas, solicitudes y recursos, sirviendo como una guía orientadora para plasmar actos procesales en documentos claros que aseguren una comunicación adecuada con los órganos jurisdiccionales.
𝗘𝗦𝗧𝗥𝗨𝗖𝗧𝗨𝗥𝗔 𝗬 𝗖𝗢𝗡𝗧𝗘𝗡𝗜𝗗𝗢 𝗧𝗘́𝗖𝗡𝗜𝗖𝗢
Cada modelo presentado en el texto destaca elementos esenciales para su validez, tales como la materia, el título, la sumilla del pedido, la identificación de las partes y la pretensión o pedido concreto Asimismo, los documentos incluyen el desarrollo de los fundamentos de hecho, la fundamentación jurídica (base legal), el ofrecimiento de medios probatorios, los otrosíes para pedidos adicionales y los espacios para anexos, fechas y firmas.
𝗔́𝗥𝗘𝗔𝗦 𝗗𝗘𝗟 𝗣𝗥𝗢𝗖𝗘𝗦𝗢 𝗖𝗜𝗩𝗜𝗟 𝗖𝗨𝗕𝗜𝗘𝗥𝗧𝗔𝗦
El contenido abarca todas las etapas de la actividad procesal, desde aspectos de jurisdicción y competencia hasta la comparecencia de sujetos y la gestión de la actividad probatoria Incluye modelos específicos para la tacha de testigos, la exhibición de documentos, pericias e inspecciones judiciales, así como para las formas especiales de conclusión del proceso, tales como la conciliación, el allanamiento, la transacción y el desistimiento.
𝗗𝗜𝗩𝗘𝗥𝗦𝗜𝗗𝗔𝗗 𝗗𝗘 𝗩𝗜́𝗔𝗦 𝗣𝗥𝗢𝗖𝗘𝗗𝗜𝗠𝗘𝗡𝗧𝗔𝗟𝗘𝗦
El libro organiza documentos para diversos procesos contenciosos, clasificándolos en procesos de conocimiento (separación de cuerpos, divorcio por causal), procesos abreviados (retracto, título supletorio, tercería) y procesos sumarísimos (alimentos, desalojo e interdictos) Además, dedica secciones extensas a las medidas cautelares en sus diversas formas (embargos, secuestros, medidas innovativas) y a los procesos únicos de ejecución de títulos valores o resoluciones judiciales
𝗔𝗣𝗟𝗜𝗖𝗔𝗖𝗜𝗢́𝗡 𝗬 𝗔𝗗𝗔𝗣𝗧𝗔𝗕𝗜𝗟𝗜𝗗𝗔𝗗
Es importante subrayar que los modelos tienen un carácter referencial y no oficial, funcionando como una base o guía para que el operador inicie la redacción El autor advierte explícitamente que cada usuario debe adecuar el texto a las características individuales y particularidades de su caso concreto, complementando la información básica con la fundamentación jurídica, doctrinaria o jurisprudencial que la situación exija
👍 𝗗𝗮𝗹𝗲 𝗹𝗶𝗸𝗲 𝘆 𝗰𝗼𝗺𝗽𝗮𝗿𝘁𝗲 🤗
📄 𝗗𝗼𝗰𝘂𝗺𝗲𝗻𝘁𝗼 𝗰𝗼𝗺𝗽𝗹𝗲𝘁𝗼 𝗱𝗲𝘀𝗰𝗮𝗿𝗴𝗮 𝗮𝗾𝘂𝗶́ 👇
https://drive.google.com/file/d/1iqzGzx7PyaR0L9Ipw1wUQ1YasMMa4Lxe/view?usp=sharing

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