Estudio Jurídico Espinoza Rodriguez & Asociados

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A un día de conmemorar el Día Internacional de la Mujer, es momento de reflexionar sobre la fuerza silenciosa y constant...
07/03/2026

A un día de conmemorar el Día Internacional de la Mujer, es momento de reflexionar sobre la fuerza silenciosa y constante que las mujeres han demostrado a lo largo de la historia. Cada paso que hoy se celebra es fruto de lucha, valentía y esperanza. Ser mujer significa construir, resistir, cuidar y transformar el mundo incluso en medio de las dificultades. Que esta fecha no solo sea un reconocimiento, sino también un compromiso de valorar, respetar y apoyar a cada mujer en su camino hacia la igualdad, la dignidad y la libertad.🌸✨
Como Abogado y siendo una mujer la justicia y las leyes existen para proteger y construir una sociedad más justa. La Ley 348 representa un avance importante en la lucha contra la violencia hacia la mujer, pero su verdadero valor se mantiene cuando se usa con verdad y responsabilidad. Aprovecharse de una ley para fines personales no solo afecta a quienes son acusados injustamente, sino que también debilita la credibilidad de las mujeres que realmente necesitan protección. La verdadera lucha por la igualdad se basa en la justicia, la honestidad y el respeto mutuo. Defender los derechos también significa actuar con conciencia y responsabilidad. Sin vulnerar los derechos que tiene el s**o opuesto🌿

Estudio Jurídico Espinoza  Rodriguez & Asociados Te explica  los 𝐑𝐄𝐐𝐔𝐈𝐒𝐈𝐓𝐎𝐒 𝐏𝐀𝐑𝐀 𝐂𝐎𝐌𝐏𝐑𝐀𝐑 𝐔𝐍𝐀 𝐕𝐈𝐕𝐈𝐄𝐍𝐃𝐀 (𝟐𝟎𝟐𝟔)𝟏️⃣ 𝐌𝐢𝐧𝐮𝐭𝐚 𝐝...
24/02/2026

Estudio Jurídico Espinoza Rodriguez & Asociados
Te explica los 𝐑𝐄𝐐𝐔𝐈𝐒𝐈𝐓𝐎𝐒 𝐏𝐀𝐑𝐀 𝐂𝐎𝐌𝐏𝐑𝐀𝐑 𝐔𝐍𝐀 𝐕𝐈𝐕𝐈𝐄𝐍𝐃𝐀 (𝟐𝟎𝟐𝟔)

𝟏️⃣ 𝐌𝐢𝐧𝐮𝐭𝐚 𝐝𝐞 𝐓𝐫𝐚𝐧𝐬𝐟𝐞𝐫𝐞𝐧𝐜𝐢𝐚 (𝐂𝐨𝐧𝐭𝐫𝐚𝐭𝐨 𝐝𝐞 𝐂𝐨𝐦𝐩𝐫𝐚–𝐕𝐞𝐧𝐭𝐚)

𝐄𝐬 𝐞𝐥 𝐝𝐨𝐜𝐮𝐦𝐞𝐧𝐭𝐨 𝐩𝐫𝐢𝐯𝐚𝐝𝐨 𝐪𝐮𝐞 𝐟𝐨𝐫𝐦𝐚𝐥𝐢𝐳𝐚 𝐞𝐥 𝐚𝐜𝐮𝐞𝐫𝐝𝐨 𝐞𝐧𝐭𝐫𝐞 𝐜𝐨𝐦𝐩𝐫𝐚𝐝𝐨𝐫 𝐲 𝐯𝐞𝐧𝐝𝐞𝐝𝐨𝐫.

𝐃𝐞𝐛𝐞 𝐬𝐞𝐫 𝐞𝐥𝐚𝐛𝐨𝐫𝐚𝐝𝐚 𝐲 𝐟𝐢𝐫𝐦𝐚𝐝𝐚 𝐩𝐨𝐫 𝐮𝐧 𝐚𝐛𝐨𝐠𝐚𝐝𝐨.
𝐃𝐞𝐛𝐞 𝐜𝐨𝐧𝐭𝐞𝐧𝐞𝐫:
𝐈𝐝𝐞𝐧𝐭𝐢𝐟𝐢𝐜𝐚𝐜𝐢𝐨́𝐧 𝐜𝐨𝐦𝐩𝐥𝐞𝐭𝐚 𝐝𝐞 𝐜𝐨𝐦𝐩𝐫𝐚𝐝𝐨𝐫 𝐲 𝐯𝐞𝐧𝐝𝐞𝐝𝐨𝐫.
𝐃𝐚𝐭𝐨𝐬 𝐞𝐱𝐚𝐜𝐭𝐨𝐬 𝐝𝐞𝐥 𝐢𝐧𝐦𝐮𝐞𝐛𝐥𝐞 (𝐬𝐞𝐠𝐮́𝐧 𝐅𝐨𝐥𝐢𝐨 𝐑𝐞𝐚𝐥).
𝐏𝐫𝐞𝐜𝐢𝐨 𝐲 𝐟𝐨𝐫𝐦𝐚 𝐝𝐞 𝐩𝐚𝐠𝐨.
𝐃𝐞𝐜𝐥𝐚𝐫𝐚𝐜𝐢𝐨́𝐧 𝐝𝐞 𝐪𝐮𝐞 𝐞𝐥 𝐛𝐢𝐞𝐧 𝐞𝐬𝐭𝐚́ 𝐥𝐢𝐛𝐫𝐞 𝐝𝐞 𝐠𝐫𝐚𝐯𝐚́𝐦𝐞𝐧𝐞𝐬 (𝐨 𝐝𝐞𝐭𝐚𝐥𝐥𝐞 𝐝𝐞 𝐥𝐨𝐬 𝐦𝐢𝐬𝐦𝐨𝐬).
𝐅𝐞𝐜𝐡𝐚 𝐲 𝐟𝐢𝐫𝐦𝐚 𝐝𝐞 𝐥𝐚𝐬 𝐩𝐚𝐫𝐭𝐞𝐬.

𝐃𝐨𝐜𝐮𝐦𝐞𝐧𝐭𝐨𝐬 𝐧𝐞𝐜𝐞𝐬𝐚𝐫𝐢𝐨𝐬 𝐩𝐚𝐫𝐚 𝐫𝐞𝐝𝐚𝐜𝐭𝐚𝐫𝐥𝐚:
𝐓𝐞𝐬𝐭𝐢𝐦𝐨𝐧𝐢𝐨 𝐝𝐞 𝐩𝐫𝐨𝐩𝐢𝐞𝐝𝐚𝐝 𝐝𝐞𝐥 𝐯𝐞𝐧𝐝𝐞𝐝𝐨𝐫.
𝐅𝐨𝐥𝐢𝐨 𝐑𝐞𝐚𝐥 𝐚𝐜𝐭𝐮𝐚𝐥𝐢𝐳𝐚𝐝𝐨 (𝐫𝐞𝐜𝐨𝐦𝐞𝐧𝐝𝐚𝐛𝐥𝐞 𝐧𝐨 𝐦𝐚𝐲𝐨𝐫 𝐚 𝟑𝟎 𝐝𝐢́𝐚𝐬).
𝐂𝐞𝐫𝐭𝐢𝐟𝐢𝐜𝐚𝐝𝐨 𝐜𝐚𝐭𝐚𝐬𝐭𝐫𝐚𝐥 𝐨 𝐩𝐥𝐚𝐧𝐨 𝐚𝐩𝐫𝐨𝐛𝐚𝐝𝐨.
𝐔́𝐥𝐭𝐢𝐦𝐨𝐬 𝐜𝐨𝐦𝐩𝐫𝐨𝐛𝐚𝐧𝐭𝐞𝐬 𝐝𝐞 𝐩𝐚𝐠𝐨 𝐝𝐞 𝐢𝐦𝐩𝐮𝐞𝐬𝐭𝐨𝐬 𝐦𝐮𝐧𝐢𝐜𝐢𝐩𝐚𝐥𝐞𝐬 (𝐚𝐥 𝐝𝐢́𝐚).
𝐂𝐞́𝐝𝐮𝐥𝐚𝐬 𝐝𝐞 𝐢𝐝𝐞𝐧𝐭𝐢𝐝𝐚𝐝 𝐯𝐢𝐠𝐞𝐧𝐭𝐞𝐬.

📌 𝐓𝐢𝐞𝐦𝐩𝐨 𝐞𝐬𝐭𝐢𝐦𝐚𝐝𝐨: 𝟏 𝐚 𝟑 𝐝𝐢́𝐚𝐬.

𝟐️⃣ 𝐏𝐚𝐠𝐨 𝐝𝐞𝐥 𝐈𝐦𝐩𝐮𝐞𝐬𝐭𝐨 𝐌𝐮𝐧𝐢𝐜𝐢𝐩𝐚𝐥 𝐚 𝐥𝐚 𝐓𝐫𝐚𝐧𝐬𝐟𝐞𝐫𝐞𝐧𝐜𝐢𝐚 (𝐈𝐌𝐓)

𝐄𝐬𝐭𝐞 𝐢𝐦𝐩𝐮𝐞𝐬𝐭𝐨 𝐞𝐬 𝐚𝐝𝐦𝐢𝐧𝐢𝐬𝐭𝐫𝐚𝐝𝐨 𝐩𝐨𝐫 𝐞𝐥 𝐆𝐨𝐛𝐢𝐞𝐫𝐧𝐨 𝐀𝐮𝐭𝐨́𝐧𝐨𝐦𝐨 𝐌𝐮𝐧𝐢𝐜𝐢𝐩𝐚𝐥 𝐝𝐨𝐧𝐝𝐞 𝐬𝐞 𝐞𝐧𝐜𝐮𝐞𝐧𝐭𝐫𝐚 𝐞𝐥 𝐢𝐧𝐦𝐮𝐞𝐛𝐥𝐞.

𝐌𝐨𝐧𝐭𝐨: 𝟑% 𝐝𝐞𝐥 𝐯𝐚𝐥𝐨𝐫 𝐝𝐞 𝐥𝐚 𝐯𝐞𝐧𝐭𝐚.
𝐏𝐥𝐚𝐳𝐨 𝐩𝐚𝐫𝐚 𝐩𝐚𝐠𝐚𝐫: 𝐝𝐞𝐧𝐭𝐫𝐨 𝐝𝐞 𝐥𝐨𝐬 𝟏𝟎 𝐝𝐢́𝐚𝐬 𝐡𝐚́𝐛𝐢𝐥𝐞𝐬 𝐝𝐞𝐬𝐝𝐞 𝐥𝐚 𝐟𝐢𝐫𝐦𝐚 𝐝𝐞 𝐥𝐚 𝐦𝐢𝐧𝐮𝐭𝐚.
𝐒𝐞 𝐩𝐚𝐠𝐚 𝐦𝐞𝐝𝐢𝐚𝐧𝐭𝐞 𝐞𝐥 𝐅𝐨𝐫𝐦𝐮𝐥𝐚𝐫𝐢𝐨 𝟒𝟑𝟎 𝐞𝐧 𝐛𝐚𝐧𝐜𝐨𝐬 𝐚𝐮𝐭𝐨𝐫𝐢𝐳𝐚𝐝𝐨𝐬.

⚠️ 𝐄𝐥 𝐩𝐚𝐠𝐨 𝐟𝐮𝐞𝐫𝐚 𝐝𝐞 𝐩𝐥𝐚𝐳𝐨 𝐠𝐞𝐧𝐞𝐫𝐚 𝐦𝐮𝐥𝐭𝐚 𝐞 𝐢𝐧𝐭𝐞𝐫𝐞𝐬𝐞𝐬.

📌 𝐓𝐢𝐞𝐦𝐩𝐨 𝐞𝐬𝐭𝐢𝐦𝐚𝐝𝐨: 𝟏 𝐚 𝟓 𝐝𝐢́𝐚𝐬 (𝐬𝐞𝐠𝐮́𝐧 𝐦𝐮𝐧𝐢𝐜𝐢𝐩𝐢𝐨).

1% – Impuesto Departamental a la Transmisión Gratuita o Transferencia

Lo administra la Gobernación.
Generalmente equivale al 1% del valor del inmueble.
Se paga de manera paralela al 3% municipal.
Es requisito para inscribir en Derechos Reales en varios departamentos.

𝟑️⃣ 𝐏𝐫𝐨𝐭𝐨𝐜𝐨𝐥𝐢𝐳𝐚𝐜𝐢𝐨́𝐧 𝐚𝐧𝐭𝐞 𝐍𝐨𝐭𝐚𝐫𝐢́𝐚

𝐂𝐨𝐧 𝐞𝐥 𝐜𝐨𝐦𝐩𝐫𝐨𝐛𝐚𝐧𝐭𝐞 𝐝𝐞𝐥 𝐢𝐦𝐩𝐮𝐞𝐬𝐭𝐨 𝐩𝐚𝐠𝐚𝐝𝐨, 𝐥𝐚 𝐦𝐢𝐧𝐮𝐭𝐚 𝐬𝐞 𝐞𝐥𝐞𝐯𝐚 𝐚 𝐄𝐬𝐜𝐫𝐢𝐭𝐮𝐫𝐚 𝐏𝐮́𝐛𝐥𝐢𝐜𝐚 𝐚𝐧𝐭𝐞 𝐧𝐨𝐭𝐚𝐫𝐢𝐨.

𝐄𝐥 𝐧𝐨𝐭𝐚𝐫𝐢𝐨:
𝐑𝐞𝐝𝐚𝐜𝐭𝐚 𝐞𝐥 𝐏𝐫𝐨𝐭𝐨𝐜𝐨𝐥𝐨.
𝐇𝐚𝐜𝐞 𝐟𝐢𝐫𝐦𝐚𝐫 𝐚 𝐥𝐚𝐬 𝐩𝐚𝐫𝐭𝐞𝐬.
𝐄𝐦𝐢𝐭𝐞 𝐞𝐥 𝐓𝐞𝐬𝐭𝐢𝐦𝐨𝐧𝐢𝐨 𝐝𝐞 𝐄𝐬𝐜𝐫𝐢𝐭𝐮𝐫𝐚 𝐏𝐮́𝐛𝐥𝐢𝐜𝐚.

𝐃𝐨𝐜𝐮𝐦𝐞𝐧𝐭𝐨𝐬 𝐫𝐞𝐪𝐮𝐞𝐫𝐢𝐝𝐨𝐬:
𝐌𝐢𝐧𝐮𝐭𝐚 𝐟𝐢𝐫𝐦𝐚𝐝𝐚.
𝐂𝐨𝐦𝐩𝐫𝐨𝐛𝐚𝐧𝐭𝐞 𝐝𝐞𝐥 𝐢𝐦𝐩𝐮𝐞𝐬𝐭𝐨 𝐝𝐞 𝐭𝐫𝐚𝐧𝐬𝐟𝐞𝐫𝐞𝐧𝐜𝐢𝐚.
𝐅𝐨𝐥𝐢𝐨 𝐑𝐞𝐚𝐥.
𝐂𝐞́𝐝𝐮𝐥𝐚𝐬 𝐝𝐞 𝐢𝐝𝐞𝐧𝐭𝐢𝐝𝐚𝐝.
𝐂𝐞𝐫𝐭𝐢𝐟𝐢𝐜𝐚𝐝𝐨𝐬 𝐦𝐮𝐧𝐢𝐜𝐢𝐩𝐚𝐥𝐞𝐬 𝐚𝐥 𝐝𝐢́𝐚.

📌 𝐓𝐢𝐞𝐦𝐩𝐨 𝐞𝐬𝐭𝐢𝐦𝐚𝐝𝐨: 𝟐 𝐚 𝟓 𝐝𝐢́𝐚𝐬.

𝟒️⃣ 𝐈𝐧𝐬𝐜𝐫𝐢𝐩𝐜𝐢𝐨́𝐧 𝐞𝐧 𝐃𝐞𝐫𝐞𝐜𝐡𝐨𝐬 𝐑𝐞𝐚𝐥𝐞𝐬

𝐋𝐚 𝐩𝐫𝐨𝐩𝐢𝐞𝐝𝐚𝐝 𝐬𝐞 𝐩𝐞𝐫𝐟𝐞𝐜𝐜𝐢𝐨𝐧𝐚 𝐥𝐞𝐠𝐚𝐥𝐦𝐞𝐧𝐭𝐞 𝐜𝐮𝐚𝐧𝐝𝐨 𝐬𝐞 𝐢𝐧𝐬𝐜𝐫𝐢𝐛𝐞 𝐞𝐧 𝐃𝐞𝐫𝐞𝐜𝐡𝐨𝐬 𝐑𝐞𝐚𝐥𝐞𝐬.

𝐃𝐞𝐫𝐞𝐜𝐡𝐨𝐬 𝐑𝐞𝐚𝐥𝐞𝐬 𝐁𝐨𝐥𝐢𝐯𝐢𝐚

𝐒𝐞 𝐩𝐫𝐞𝐬𝐞𝐧𝐭𝐚:
𝐓𝐞𝐬𝐭𝐢𝐦𝐨𝐧𝐢𝐨 𝐧𝐨𝐭𝐚𝐫𝐢𝐚𝐥.
𝐂𝐨𝐦𝐩𝐫𝐨𝐛𝐚𝐧𝐭𝐞 𝐝𝐞𝐥 𝐢𝐦𝐩𝐮𝐞𝐬𝐭𝐨.
𝐅𝐨𝐫𝐦𝐮𝐥𝐚𝐫𝐢𝐨𝐬 𝐝𝐞 𝐫𝐞𝐠𝐢𝐬𝐭𝐫𝐨.
𝐏𝐚𝐠𝐨 𝐝𝐞 𝐚𝐫𝐚𝐧𝐜𝐞𝐥𝐞𝐬.

📌 𝐓𝐢𝐞𝐦𝐩𝐨 𝐫𝐞𝐚𝐥 𝐞𝐬𝐭𝐢𝐦𝐚𝐝𝐨:
𝐄𝐧𝐭𝐫𝐞 𝟏𝟎 𝐲 𝟐𝟓 𝐝𝐢́𝐚𝐬 𝐡𝐚́𝐛𝐢𝐥𝐞𝐬, 𝐝𝐞𝐩𝐞𝐧𝐝𝐢𝐞𝐧𝐝𝐨 𝐝𝐞𝐥 𝐝𝐞𝐩𝐚𝐫𝐭𝐚𝐦𝐞𝐧𝐭𝐨.

𝐀𝐥 𝐟𝐢𝐧𝐚𝐥𝐢𝐳𝐚𝐫, 𝐬𝐞 𝐨𝐛𝐭𝐢𝐞𝐧𝐞 𝐞𝐥 𝐅𝐨𝐥𝐢𝐨 𝐑𝐞𝐚𝐥 𝐚𝐜𝐭𝐮𝐚𝐥𝐢𝐳𝐚𝐝𝐨 𝐚 𝐧𝐨𝐦𝐛𝐫𝐞 𝐝𝐞𝐥 𝐜𝐨𝐦𝐩𝐫𝐚𝐝𝐨𝐫.

𝟓️⃣ 𝐄𝐥 𝐅𝐨𝐥𝐢𝐨 𝐑𝐞𝐚𝐥 (𝐃𝐨𝐜𝐮𝐦𝐞𝐧𝐭𝐨 𝐦𝐚́𝐬 𝐢𝐦𝐩𝐨𝐫𝐭𝐚𝐧𝐭𝐞)

𝐄𝐬 𝐞𝐥 𝐝𝐨𝐜𝐮𝐦𝐞𝐧𝐭𝐨 𝐨𝐟𝐢𝐜𝐢𝐚𝐥 𝐪𝐮𝐞 𝐚𝐜𝐫𝐞𝐝𝐢𝐭𝐚 𝐪𝐮𝐢𝐞́𝐧 𝐞𝐬 𝐞𝐥 𝐩𝐫𝐨𝐩𝐢𝐞𝐭𝐚𝐫𝐢𝐨 𝐲 𝐥𝐚 𝐬𝐢𝐭𝐮𝐚𝐜𝐢𝐨́𝐧 𝐣𝐮𝐫𝐢́𝐝𝐢𝐜𝐚 𝐝𝐞𝐥 𝐢𝐧𝐦𝐮𝐞𝐛𝐥𝐞.

𝐂𝐨𝐧𝐭𝐢𝐞𝐧𝐞:

🔹 𝐃𝐚𝐭𝐨𝐬 𝐩𝐫𝐢𝐧𝐜𝐢𝐩𝐚𝐥𝐞𝐬

𝐍𝐮́𝐦𝐞𝐫𝐨 𝐝𝐞 𝐦𝐚𝐭𝐫𝐢́𝐜𝐮𝐥𝐚.
𝐔𝐛𝐢𝐜𝐚𝐜𝐢𝐨́𝐧.
𝐒𝐮𝐩𝐞𝐫𝐟𝐢𝐜𝐢𝐞.
𝐋𝐢𝐧𝐝𝐞𝐫𝐨𝐬.
𝐀𝐧𝐭𝐞𝐜𝐞𝐝𝐞𝐧𝐭𝐞 𝐝𝐨𝐦𝐢𝐧𝐢𝐚𝐥.

🔹 𝐒𝐞𝐜𝐜𝐢𝐨𝐧𝐞𝐬 𝐢𝐦𝐩𝐨𝐫𝐭𝐚𝐧𝐭𝐞𝐬

𝐀) 𝐓𝐢𝐭𝐮𝐥𝐚𝐫𝐢𝐝𝐚𝐝:
𝐈𝐧𝐝𝐢𝐜𝐚 𝐪𝐮𝐢𝐞́𝐧 𝐞𝐬 𝐞𝐥 𝐝𝐮𝐞𝐧̃𝐨 𝐚𝐜𝐭𝐮𝐚𝐥 𝐲 𝐜𝐨́𝐦𝐨 𝐚𝐝𝐪𝐮𝐢𝐫𝐢𝐨́ 𝐞𝐥 𝐛𝐢𝐞𝐧.

𝐁) 𝐆𝐫𝐚𝐯𝐚́𝐦𝐞𝐧𝐞𝐬 𝐲 𝐫𝐞𝐬𝐭𝐫𝐢𝐜𝐜𝐢𝐨𝐧𝐞𝐬:
𝐇𝐢𝐩𝐨𝐭𝐞𝐜𝐚𝐬, 𝐚𝐧𝐨𝐭𝐚𝐜𝐢𝐨𝐧𝐞𝐬 𝐩𝐫𝐞𝐯𝐞𝐧𝐭𝐢𝐯𝐚𝐬, 𝐞𝐦𝐛𝐚𝐫𝐠𝐨𝐬 𝐨 𝐩𝐫𝐨𝐜𝐞𝐬𝐨𝐬 𝐣𝐮𝐝𝐢𝐜𝐢𝐚𝐥𝐞𝐬.

𝐂) 𝐂𝐚𝐧𝐜𝐞𝐥𝐚𝐜𝐢𝐨𝐧𝐞𝐬:
𝐂𝐨𝐧𝐟𝐢𝐫𝐦𝐚 𝐬𝐢 𝐥𝐚𝐬 𝐝𝐞𝐮𝐝𝐚𝐬 𝐨 𝐠𝐫𝐚𝐯𝐚́𝐦𝐞𝐧𝐞𝐬 𝐟𝐮𝐞𝐫𝐨𝐧 𝐥𝐞𝐯𝐚𝐧𝐭𝐚𝐝𝐨𝐬.

⚠️ 𝐀𝐧𝐭𝐞𝐬 𝐝𝐞 𝐜𝐨𝐦𝐩𝐫𝐚𝐫, 𝐝𝐞𝐛𝐞 𝐯𝐞𝐫𝐢𝐟𝐢𝐜𝐚𝐫𝐬𝐞 𝐪𝐮𝐞:

𝐍𝐨 𝐞𝐱𝐢𝐬𝐭𝐚𝐧 𝐠𝐫𝐚𝐯𝐚́𝐦𝐞𝐧𝐞𝐬 𝐯𝐢𝐠𝐞𝐧𝐭𝐞𝐬.
𝐍𝐨 𝐡𝐚𝐲𝐚 𝐭𝐫𝐚́𝐦𝐢𝐭𝐞𝐬 𝐩𝐞𝐧𝐝𝐢𝐞𝐧𝐭𝐞𝐬.
𝐋𝐨𝐬 𝐝𝐚𝐭𝐨𝐬 𝐜𝐨𝐢𝐧𝐜𝐢𝐝𝐚𝐧 𝐜𝐨𝐧 𝐂𝐚𝐭𝐚𝐬𝐭𝐫𝐨 𝐌𝐮𝐧𝐢𝐜𝐢𝐩𝐚𝐥.

🕒 𝐓𝐢𝐞𝐦𝐩𝐨 𝐭𝐨𝐭𝐚𝐥 𝐚𝐩𝐫𝐨𝐱𝐢𝐦𝐚𝐝𝐨 𝐝𝐞𝐥 𝐩𝐫𝐨𝐜𝐞𝐬𝐨 𝐜𝐨𝐦𝐩𝐥𝐞𝐭𝐨

𝐄𝐧𝐭𝐫𝐞 𝟐𝟎 𝐲 𝟒𝟓 𝐝𝐢́𝐚𝐬 𝐡𝐚́𝐛𝐢𝐥𝐞𝐬, 𝐝𝐞𝐩𝐞𝐧𝐝𝐢𝐞𝐧𝐝𝐨 𝐝𝐞𝐥 𝐦𝐮𝐧𝐢𝐜𝐢𝐩𝐢𝐨 𝐲 𝐥𝐚 𝐜𝐚𝐫𝐠𝐚 𝐞𝐧 𝐃𝐞𝐫𝐞𝐜𝐡𝐨𝐬 𝐑𝐞𝐚𝐥𝐞𝐬.

🔎 𝐑𝐞𝐜𝐨𝐦𝐞𝐧𝐝𝐚𝐜𝐢𝐨𝐧𝐞𝐬 𝐥𝐞𝐠𝐚𝐥𝐞𝐬 𝐢𝐦𝐩𝐨𝐫𝐭𝐚𝐧𝐭𝐞𝐬

✔ 𝐕𝐞𝐫𝐢𝐟𝐢𝐜𝐚𝐫 𝐅𝐨𝐥𝐢𝐨 𝐑𝐞𝐚𝐥 𝐚𝐜𝐭𝐮𝐚𝐥𝐢𝐳𝐚𝐝𝐨 𝐚𝐧𝐭𝐞𝐬 𝐝𝐞 𝐟𝐢𝐫𝐦𝐚𝐫.
✔ 𝐂𝐨𝐧𝐟𝐢𝐫𝐦𝐚𝐫 𝐪𝐮𝐞 𝐢𝐦𝐩𝐮𝐞𝐬𝐭𝐨𝐬 𝐦𝐮𝐧𝐢𝐜𝐢𝐩𝐚𝐥𝐞𝐬 𝐞𝐬𝐭𝐞́𝐧 𝐚𝐥 𝐝𝐢́𝐚.
✔ 𝐑𝐞𝐯𝐢𝐬𝐚𝐫 𝐪𝐮𝐞 𝐧𝐨 𝐞𝐱𝐢𝐬𝐭𝐚𝐧 𝐡𝐢𝐩𝐨𝐭𝐞𝐜𝐚𝐬 𝐨 𝐩𝐫𝐨𝐜𝐞𝐬𝐨𝐬 𝐣𝐮𝐝𝐢𝐜𝐢𝐚𝐥𝐞𝐬.
✔ 𝐍𝐨 𝐞𝐧𝐭𝐫𝐞𝐠𝐚𝐫 𝐞𝐥 𝐭𝐨𝐭𝐚𝐥 𝐝𝐞𝐥 𝐝𝐢𝐧𝐞𝐫𝐨 𝐚𝐧𝐭𝐞𝐬 𝐝𝐞 𝐩𝐫𝐨𝐭𝐨𝐜𝐨𝐥𝐢𝐳𝐚𝐫.
✔ 𝐆𝐮𝐚𝐫𝐝𝐚𝐫 𝐜𝐨𝐩𝐢𝐚𝐬 𝐥𝐞𝐠𝐚𝐥𝐢𝐳𝐚𝐝𝐚𝐬 𝐝𝐞 𝐭𝐨𝐝𝐨 𝐞𝐥 𝐭𝐫𝐚́𝐦𝐢𝐭𝐞.

𝙇𝘼 𝙑𝘼𝙇𝙄𝘿𝙀𝙕 𝘿𝙀 𝙇𝘼𝙎 𝙁𝙊𝙏𝙊𝘾𝙊𝙋𝙄𝘼𝙎 𝙎𝙄𝙈𝙋𝙇𝙀𝙎 𝙀𝙉 𝙈𝘼𝙏𝙀𝙍𝙄𝘼 𝙋𝙀𝙉𝘼𝙇 𝙀𝙉 𝘽𝙊𝙇𝙄𝙑𝙄𝘼Auto Supremo 181/2016-RRC de 8 de marzo 2016.En el ámbit...
18/02/2026

𝙇𝘼 𝙑𝘼𝙇𝙄𝘿𝙀𝙕 𝘿𝙀 𝙇𝘼𝙎 𝙁𝙊𝙏𝙊𝘾𝙊𝙋𝙄𝘼𝙎 𝙎𝙄𝙈𝙋𝙇𝙀𝙎 𝙀𝙉 𝙈𝘼𝙏𝙀𝙍𝙄𝘼 𝙋𝙀𝙉𝘼𝙇 𝙀𝙉 𝘽𝙊𝙇𝙄𝙑𝙄𝘼

Auto Supremo 181/2016-RRC de 8 de marzo 2016.

En el ámbito penal, una fotocopia simple puede ser determinante para tu defensa. Aunque muchos creen que estos documentos carecen de valor probatorio, el Auto Supremo aclaró este punto con precisión jurídica.

Tradicionalmente, el artículo 1311 del Código Civil establece que las fotocopias simples solo tienen validez si son autenticadas por el funcionario custodio del original. No obstante, el Tribunal Supremo de Justicia determinó que esta disposición no es aplicable en materia penal, dado que el proceso penal se rige por el principio de libertad probatoria consagrado en el artículo 171 del Código de Procedimiento Penal.

En palabras del Auto Supremo 181/2016-RRC:
“En materia penal no rige la exigencia del artículo 1311 del Código Civil, puesto que la valoración de la prueba se encuentra sujeta al principio de libertad probatoria y sana crítica, permitiendo que incluso una fotocopia simple pueda ser apreciada por el juez o tribunal siempre que genere convicción razonada.”

Por tanto, una fotocopia simple puede tener plena validez en un proceso penal, siempre que contribuya a esclarecer los hechos y cumpla con los principios de pertinencia, utilidad y licitud.

En conclusión, la defensa penal en Bolivia puede sostenerse válidamente con fotocopias simples, siempre que estas sean valoradas dentro del marco del artículo 171 del Código de Procedimiento Penal y la jurisprudencia del Tribunal Supremo de Justicia.

18/02/2026

𝙀𝙇 𝘿𝙀𝙇𝙄𝙏𝙊 𝘿𝙀 𝙀𝙎𝙏𝘼𝙁𝘼 𝙉𝙊 𝙋𝙐𝙀𝘿𝙀 𝙎𝙀𝙍 𝙏𝙄𝙋𝙄𝙁𝙄𝘾𝘼𝘿𝙊 𝙎𝙊𝘽𝙍𝙀 𝙐𝙉 𝘾𝙊𝙉𝙏𝙍𝘼𝙏𝙊 𝘿𝙀 𝙋𝙍É𝙎𝙏𝘼𝙈𝙊

AUTO SUPREMO: N° AS/126/2020-RRC de 29 de enero de 2020

𝑬𝒍 𝒅𝒐𝒍𝒐 𝒅𝒆𝒃𝒆 𝒑𝒓𝒆𝒄𝒆𝒅𝒆𝒓 𝒆𝒏 𝒕𝒐𝒅𝒐 𝒄𝒂𝒔𝒐 𝒅𝒆 𝒍𝒐𝒔 𝒅𝒆𝒎á𝒔 𝒆𝒍𝒆𝒎𝒆𝒏𝒕𝒐𝒔 𝒅𝒆𝒍 𝒕𝒊𝒑𝒐 𝒅𝒆 𝒍𝒂 𝑬𝒔𝒕𝒂𝒇𝒂, 𝒑𝒖𝒆𝒔 𝒖𝒏𝒂 𝒄𝒂𝒓𝒂𝒄𝒕𝒆𝒓í𝒔𝒕𝒊𝒄𝒂 𝒊𝒎𝒑𝒐𝒓𝒕𝒂𝒏𝒕𝒆 𝒂𝒏𝒕𝒆 𝒆𝒍 𝒊𝒏𝒄𝒖𝒎𝒑𝒍𝒊𝒎𝒊𝒆𝒏𝒕𝒐 𝒅𝒆 𝒖𝒏𝒂 𝒐𝒃𝒍𝒊𝒈𝒂𝒄𝒊ó𝒏 𝒚 𝒍𝒂 𝑬𝒔𝒕𝒂𝒇𝒂 𝒆𝒔𝒕á 𝒆𝒏 𝒒𝒖𝒆 𝒆𝒍 𝒔𝒖𝒋𝒆𝒕𝒐 𝒂𝒄𝒕𝒊𝒗𝒐 𝒔𝒂𝒃𝒆, 𝒅𝒆𝒔𝒅𝒆 𝒆𝒍 𝒎𝒐𝒎𝒆𝒏𝒕𝒐 𝒅𝒆 𝒍𝒂 𝒄𝒐𝒏𝒄𝒓𝒆𝒄𝒊ó𝒏 𝒄𝒐𝒏𝒕𝒓𝒂𝒄𝒕𝒖𝒂𝒍 𝒒𝒖𝒆 𝒏𝒐 𝒒𝒖𝒆𝒓𝒓á 𝒐 𝒏𝒐 𝒑𝒐𝒅𝒓á 𝒄𝒖𝒎𝒑𝒍𝒊𝒓 𝒍𝒂 𝒄𝒐𝒏𝒕𝒓𝒂𝒑𝒓𝒆𝒔𝒕𝒂𝒄𝒊ó𝒏; 𝒄𝒓𝒊𝒎𝒊𝒏𝒂𝒍𝒊𝒛𝒂𝒏𝒅𝒐 𝒅𝒆 𝒆𝒔𝒕𝒂 𝒎𝒂𝒏𝒆𝒓𝒂 𝒍𝒐𝒔 𝒏𝒆𝒈𝒐𝒄𝒊𝒐𝒔 𝒄𝒊𝒗𝒊𝒍𝒆𝒔 𝒚 𝒎𝒆𝒓𝒄𝒂𝒏𝒕𝒊𝒍𝒆𝒔 𝒒𝒖𝒆 𝒔𝒆 𝒑𝒓𝒐𝒅𝒖𝒄𝒆𝒏 𝒄𝒖𝒂𝒏𝒅𝒐 𝒆𝒍 𝒑𝒓𝒐𝒑ó𝒔𝒊𝒕𝒐 𝒅𝒆𝒇𝒓𝒂𝒖𝒅𝒂𝒕𝒐𝒓𝒊𝒐 𝒔𝒆 𝒈𝒆𝒏𝒆𝒓𝒂 𝒂𝒏𝒕𝒆𝒔 𝒐 𝒂𝒍 𝒎𝒐𝒎𝒆𝒏𝒕𝒐 𝒅𝒆 𝒍𝒂 𝒄𝒆𝒍𝒆𝒃𝒓𝒂𝒄𝒊ó𝒏 𝒅𝒆𝒍 𝒄𝒐𝒏𝒕𝒓𝒂𝒕𝒐 𝒚 𝒆𝒔 𝒄𝒂𝒑𝒂𝒛 𝒅𝒆 𝒎𝒐𝒗𝒆𝒓 𝒍𝒂 𝒗𝒐𝒍𝒖𝒏𝒕𝒂𝒅 𝒅𝒆 𝒍𝒂 𝒐𝒕𝒓𝒂 𝒑𝒂𝒓𝒕𝒆.

El Tribunal Supremo de Justicia estableció un criterio fundamental: el simple incumplimiento de un contrato de préstamo NO constituye estafa.

El Auto Supremo es claro al señalar que:
“𝑬𝒍 𝒅𝒐𝒍𝒐 𝒅𝒆𝒃𝒆 𝒑𝒓𝒆𝒄𝒆𝒅𝒆𝒓 𝒆𝒏 𝒕𝒐𝒅𝒐 𝒄𝒂𝒔𝒐 𝒂 𝒍𝒐𝒔 𝒅𝒆𝒎á𝒔 𝒆𝒍𝒆𝒎𝒆𝒏𝒕𝒐𝒔 𝒅𝒆𝒍 𝒕𝒊𝒑𝒐 𝒑𝒆𝒏𝒂𝒍 𝒅𝒆 𝒍𝒂 𝒆𝒔𝒕𝒂𝒇𝒂”.

Esto significa que la intención fraudulenta debe existir desde antes o al momento de la celebración del contrato, y no surgir con posterioridad por el incumplimiento de la obligación.

Asimismo, el fallo aclara que:
“𝑳𝒂 𝒅𝒊𝒇𝒆𝒓𝒆𝒏𝒄𝒊𝒂 𝒆𝒏𝒕𝒓𝒆 𝒆𝒍 𝒊𝒏𝒄𝒖𝒎𝒑𝒍𝒊𝒎𝒊𝒆𝒏𝒕𝒐 𝒅𝒆 𝒖𝒏𝒂 𝒐𝒃𝒍𝒊𝒈𝒂𝒄𝒊ó𝒏 𝒚 𝒍𝒂 𝒆𝒔𝒕𝒂𝒇𝒂 𝒓𝒂𝒅𝒊𝒄𝒂 𝒆𝒏 𝒒𝒖𝒆 𝒆𝒍 𝒔𝒖𝒋𝒆𝒕𝒐 𝒂𝒄𝒕𝒊𝒗𝒐 𝒔𝒂𝒃𝒆, 𝒅𝒆𝒔𝒅𝒆 𝒍𝒂 𝒄𝒐𝒏𝒄𝒓𝒆𝒄𝒊ó𝒏 𝒄𝒐𝒏𝒕𝒓𝒂𝒄𝒕𝒖𝒂𝒍, 𝒒𝒖𝒆 𝒏𝒐 𝒒𝒖𝒆𝒓𝒓á 𝒐 𝒏𝒐 𝒑𝒐𝒅𝒓á 𝒄𝒖𝒎𝒑𝒍𝒊𝒓 𝒍𝒂 𝒄𝒐𝒏𝒕𝒓𝒂𝒑𝒓𝒆𝒔𝒕𝒂𝒄𝒊ó𝒏”.

En consecuencia, no se puede criminalizar un conflicto de naturaleza civil o mercantil, salvo que se pruebe que el propósito defraudatorio fue previo o concurrente a la firma del contrato y que indujo en error a la otra parte.

𝘌𝘭 𝘋𝘦𝘳𝘦𝘤𝘩𝘰 𝘗𝘦𝘯𝘢𝘭 𝘦𝘴 𝘥𝘦 ú𝘭𝘵𝘪𝘮𝘢 𝘳𝘢𝘵𝘪𝘰: 𝘯𝘰 𝘵𝘰𝘥𝘰 𝘪𝘯𝘤𝘶𝘮𝘱𝘭𝘪𝘮𝘪𝘦𝘯𝘵𝘰 𝘤𝘰𝘯𝘵𝘳𝘢𝘤𝘵𝘶𝘢𝘭 𝘦𝘴 𝘥𝘦𝘭𝘪𝘵𝘰. 𝘚𝘪𝘯 𝘥𝘰𝘭𝘰 𝘱𝘳𝘦𝘷𝘪𝘰, 𝘯𝘰 𝘩𝘢𝘺 𝘦𝘴𝘵𝘢𝘧𝘢.

ᴊᴜʀɪꜱᴘʀᴜᴅᴇɴᴄɪᴀ Qᴜᴇ ᴘʀᴏᴛᴇɢᴇ ʟᴀ ᴄᴏʀʀᴇᴄᴛᴀ ᴀᴘʟɪᴄᴀᴄɪÓɴ ᴅᴇʟ ᴅᴇʀᴇᴄʜᴏ ᴘᴇɴᴀʟ ʏ ᴇᴠɪᴛᴀ ʟᴀ ᴄʀɪᴍɪɴᴀʟɪᴢᴀᴄɪÓɴ ᴅᴇ ʀᴇʟᴀᴄɪᴏɴᴇꜱ ᴄɪᴠɪʟᴇꜱ.

En nuestro Estudio Jurídico Espinoza  Rodriguez & Asociados te ofrecemos un servicio profesional, confiable y estratégic...
03/02/2026

En nuestro Estudio Jurídico Espinoza Rodriguez & Asociados te ofrecemos un servicio profesional, confiable y estratégico para la atención de todo tipo de contingencias tributarias.

✔️ Asesoramos y elaboramos respuestas jurídicas para:

Órdenes de verificación o fiscalización

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Estamos aquí para acompañarte en cada paso del proceso.
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16/01/2026

𝐓𝐒𝐉 𝐏𝐑𝐄𝐒𝐄𝐍𝐓𝐀 𝐂𝐀𝐋𝐂𝐔𝐋𝐀𝐃𝐎𝐑𝐀 𝐃𝐈𝐆𝐈𝐓𝐀𝐋 𝐏𝐀𝐑𝐀 𝐋𝐀 𝐋𝐈𝐐𝐔𝐈𝐃𝐀𝐂𝐈𝐎𝐍 𝐃𝐄 𝐀𝐒𝐈𝐒𝐓𝐄𝐍𝐂𝐈𝐀 𝐅𝐀𝐌𝐈𝐋𝐈𝐀𝐑

La Paz, 16 de enero de 2026 (AJN).-El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), presentó la Calculadora Digital para la Liquidación de Asistencia Familiar, que permitirá tener un reporte completo del monto a liquidar para las partes en conflicto sin demoras.

“La Magistrada F***y Coaquira trabajó para brindar soluciones efectivas que resuelvan problemas cotidianos, en este caso, se ha propuesto al país una herramienta digital en materia de familia para aliviar el trabajo de los jueces y del personal de los juzgados", afirmó el presidente del TSJ, Romer Saucedo.

La calculadora digital permitirá automatizar la determinación del monto total de las cuotas adeudadas en asistencia familiar, además de facilitar la elaboración de informes o planillas imprimibles que pueden ser presentados, como una herramienta complementaria, ante los juzgados del país y está disponible como herramienta en la página web del TSJ.

Revisa aquí la calculadora digital de Liquidación de Asistencia Familiar:
https://gestortsj.organojudicial.gob.bo/liquidacion-asistencia

CONTABILIDAD EN EL BONO ANTIGÜEDAD 2026
11/01/2026

CONTABILIDAD EN EL BONO ANTIGÜEDAD 2026

Estudio Jurídico Espinoza  Rodriguez & Asociados te ayuda en el, procedimiento de Cancelación de Antecedentes Policiales...
29/12/2025

Estudio Jurídico Espinoza Rodriguez & Asociados te ayuda en el, procedimiento de Cancelación de Antecedentes Policiales.
La cancelación de antecedentes policiales consiste en la emisión de una Resolución Administrativa que permite suprimir estos registros, siempre que el solicitante cumpla con los requisitos establecidos en el Manual de Procedimientos correspondiente.
El trámite debe iniciarse mediante un memorial dirigido al Director Departamental de la FELCC, según corresponda, en el cual se expongan los motivos de la solicitud, se mencionen las normativas aplicables y se adjunte la documentación que respalde la petición.
Una vez emitido el proveído correspondiente, se procederá conforme a lo establecido.
Requisitos.-
Documentación necesaria para la tramitación de la cancelación de antecedentes policiales:
1. Memorial dirigido al Sr. Director Departamental de la FELCC.
2. Certificado de antecedentes policiales.
3. Informe de antecedentes penales (REJAP).
4. Fotocopia de la cédula de identidad.
5. Fotocopia legalizada de la Resolución de Desestimación de la denuncia.
6. Fotocopia legalizada de la Resolución de Rechazo de la denuncia, sobreseimiento u otras salidas alternativas.
7. Fotocopia legalizada de la Resolución de Extinción de la Acción Penal.
8. Informe del sistema I4P emitido por la Fiscalía de Distrito.
Nota: Toda la documentación debe estar actualizada.
Casos en los que proceden la cancelación de antecedentes policiales:
1.- Delitos de acción privada : Según el Art. 20 del Código de Procedimiento Penal, así como faltas y contravenciones policiales conforme al Manual de Organización y Funciones de la Unidad de Conciliación Ciudadana y Familia.
2.-Delitos de acción pública : En casos de rechazo de la denuncia, querella o actuaciones policiales, conforme al art. 301 numeral 3 del Código de Procedimiento Penal, adjuntando copia del requerimiento fiscal.
3.- Sobreseimiento del imputado : De acuerdo con el Art. 323 numeral 3 del Código de Procedimiento Penal, se debe presentar copia de la Resolución de Sobreseimiento.
4.- Extinción de la acción penal : Conforme al art. 27 y la Disposición Transitoria Tercera del Código de Procedimiento Penal, adjuntando la Resolución que disponga la extinción de la acción.
5.- Sentencia condenatoria : La cancelación solo procederá conforme al art. 441 del Código de Procedimiento Penal, presentando el Mandamiento de Perdón Judicial, la Suspensión Condicional de la Pena, la Libertad o el Cumplimiento de la Condena, en original y fotocopia legalizada, según corresponde.
Este procedimiento asegura que los antecedentes sean eliminados únicamente en los casos previstos por la normativa vigente, siempre que el solicitante cumpla con los requisitos y documentación requerida.

𝗖𝗢𝗠𝗣𝗘𝗡𝗗𝗜𝗢 𝗡𝗢𝗥𝗠𝗔𝗧𝗜𝗩𝗔 𝗔𝗚𝗥𝗔𝗥𝗜𝗔 DIRECTO PARA DESCARGAR...
27/12/2025

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27/12/2025

Estudio Jurídico Espinoza Rodriguez & Asociados agradece a cada uno de nuestros clientes por la confianza depositada en nuestro trabajo a lo largo de este año
Su respaldo nos compromete a seguir ejerciendo la abogacía con responsabilidad, ética y profesionalismo, defendiendo siempre sus derechos con firmeza y dedicación.
Les deseamos una Feliz Navidad, llena de paz y unión familiar, y un próspero Año Nuevo 2026, colmado de salud, bienestar y nuevos logros.
Gracias por permitirnos acompañarlos jurídicamente.

25/12/2025

Estudio Jurídico Espinoza Rodriguez & Asociados les desea una Feliz Navidad y un Próspero Año Nuevo, colmado de paz, confianza y nuevos logros.

La abogada o abogado independiente no es una oficina: es una persona.Es quien escucha cuando el cliente llega cansado, e...
22/12/2025

La abogada o abogado independiente no es una oficina: es una persona.

Es quien escucha cuando el cliente llega cansado, enojado o con miedo.

Es quien estudia de noche, responde mensajes fuera de horario y carga con decisiones que pesan.

Atiende, gestiona, resuelve, explica, contiene… todo al mismo tiempo.

Y muchas veces, en silencio.

No tiene forma de amortiguar los golpes, ni un sistema que lo proteja.

Está siendo cuestionado y observado todo el tiempo; si se equivoca, es señalado por su propio cliente, por el juez y por la contraparte, y aun con esa presión debe resolver de la mejor manera posible.

La abogacía independiente es para valientes.
No siempre es el glamour que se muestra en redes: dinero, éxito inmediato o casos ganados.

Pero aún así es la profesión más noble y hermosa que existe..

Dirección

Soria Galvarro Y Ayacucho, Interior Oficina N° 4
Oruro

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