28/02/2026
Se deben buscar mecanismos que colaboren a los cuatro Magistrados en ejercicio del TCP para que puedan avanzar con toda la carga procesal que tienen, pero la pregunta, está ‘LEY TRANSITORIA’ ¿es constitucional?
│📌🗣️Aprueban la ley para que el TCP opere con cuatro magistrados
✍️Comisión de Constitución aprueba al proyecto que prohíbe la “autoprórroga” y fija el 30 de junio para las judiciales.
En medio de la crisis institucional del sistema judicial, la Comisión de Constitución de la Cámara de Diputados aprobó con modificaciones el proyecto de Ley 022/2025-2026, que establece un régimen transitorio para el funcionamiento del Tribunal Constitucional Plurinacional y del Tribunal Supremo de Justicia.
La iniciativa autoriza que el TCP opere formalmente con cuatro magistrados titulares electos, actualmente en funciones, mientras que el TSJ continuará con siete, luego del cese de los denominados autoprorrogados. Además, fija como fecha máxima para las elecciones judiciales el 30 de junio de 2026, con el objetivo de cerrar el ciclo excepcional.
El presidente de la Comisión de Constitución, el diputado Juan Del Granado, informó que el proyecto fue aprobado el 14 de enero y remitido a la presidencia de la Cámara de Diputados para su tratamiento en el pleno.
“El objetivo central de la norma es restituir la institucionalidad democrática y evitar nuevas prórrogas en el ejercicio de funciones judiciales”, afirmó el legislador, en línea con el espíritu del proyecto aprobado en comisión.
AUTOPRÓRROGA
Uno de los ejes de la propuesta prohíbe de manera expresa cualquier forma de autoprórroga o extensión de mandato en el Tribunal Constitucional, el Tribunal Supremo de Justicia, el Tribunal Agroambiental y el Consejo de la Magistratura.
La norma establece que las autoridades judiciales cesarán automáticamente en sus funciones al vencimiento del mandato constitucional. El proyecto incorpora, además, una disposición de alto impacto político y jurídico: cualquier autoridad que se prorrogue o autoprorrogue después del vencimiento del plazo constitucional será procesada y juzgada por la vía ordinaria, y no mediante juicio de responsabilidades, lo que endurece el régimen de control sobre el ejercicio del cargo.
La propuesta normativa consta de cinco artículos, dos disposiciones transitorias y dos disposiciones finales, e incluye previsiones específicas para garantizar el funcionamiento de la Sala Plena y de la comisión de admisión del TCP durante el periodo excepcional.
Pese a su aprobación en comisión, el proyecto aún no fue tratado en el pleno de la Cámara de Diputados, instancia que deberá definir su aprobación o rechazo definitivo, en un contexto marcado por la presión política para normalizar la administración de justicia y encaminar la convocatoria a nuevas elecciones judiciales.
🖊️AEP