Derechos en Receta

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11/08/2026

¿Sabías que la prepaga te puede estar cobrando de más por tener una enfermedad preexistente, y que en la mayoría de los casos eso es ilegal?

Ese monto adicional que te informaron frente al mostrador, no puede fijarse así como así.
Para que una prepaga pueda cobrar una cuota diferencial por preexistencia, ese valor tiene que estar autorizado por la Superintendencia de Servicios de Salud, mediante un procedimiento técnico específico que lo justifique.

Es decir: la cuota adicional debe ser excepcional, estar justificada técnicamente, contar con autorización estatal y comunicarse de forma transparente. Nada de esto se resuelve en el momento con un empleado improvisando un número.
Cualquier cobro que se salga de ese marco puede impugnarse judicialmente.

Así que si a vos te pasó esto, no te vayas desalentado: puede que te estén cobrando algo que no corresponde.
Si tenés dudas respecto de este tema, escribime y te asesoro, estoy para ayudarte.

Cynthia Brem - Abogada especialista en derecho y salud.
Cel. 3447434355
Atención presencial, y virtual a todo el país.

09/08/2026

¿Tu obra social o prepaga te dijo que la cirugía posbariátrica no está cubierta porque “es estética”? Quiero decirte que te mintieron y te están negando tu derecho.
Muchos creen que sacarse el excedente de piel después de una cirugía bariátrica es solo una cuestión de verse mejor al espejo, pero esto no es así: en la mayoría de los casos corrige trastornos funcionales que afectan la vida cotidiana, por eso se considera cirugía reparadora, no estética.
La ley 26.396 obliga a obras sociales, a cubrir el tratamiento integral de los trastornos alimentarios, incluyendo las prácticas quirúrgicas necesarias.
Para acceder tenés que cumplir ciertos requisitos: haber pasado 12 meses o más de la cirugía bariátrica, tener el peso estabilizado los últimos 3 meses, indicadores nutricionales normales, evaluación de un cirujano especializado y tu consentimiento informado.
Si te falta uno solo, pueden denegarte la prestación. Y aunque la ley dejó vacíos que algunas obras sociales aprovechan, hay normativa y jurisprudencia para hacer valer tu derecho.
¿Te negaron la cobertura?, ¿o hace meses que no te dicen que sí pero tampoco que no?,
Escribime, y vemos tu caso.

Cynthia Brem - Abogada especialista en derecho y salud.
Cel. 3447434355
Atención presencial, y virtual a todo el país.

La cirugía bariátrica es una alternativa para personas cuando han intentado otros tratamientos para bajar de peso y no l...
06/08/2026

La cirugía bariátrica es una alternativa para personas cuando han intentado otros tratamientos para bajar de peso y no lograron resultados.

Y cuando inician los trámites ante su obra social o prepaga, muchas veces los pacientes enfrentan demoras, pedidos reiterados de documentación y negativas por parte de éstas.

Lo que la mayoría de estas personas desconocen, es que la ley 26.396 y el Programa Médico Obligatorio (PMO) establecen la cobertura del 100% de los tratamientos integrales para la obesidad, incluida la cirugía bariátrica, cuando existe indicación médica.

Además, el Ministerio de Salud reguló los requisitos y los procesos para estos tratamientos.
Además ley reconoce la cobertura de tratamientos nutricionales, psicológicos, clínicos, farmacológicos y quirúrgicos, incluyendo la banda gástrica ajustable y el bypass gástrico.

Para acceder a estas prestaciones, es necesario cumplir determinados requisitos, entre ellos la edad, el índice de masa corporal, la antigüedad de la obesidad y haber realizado tratamientos supervisados sin éxito.

Si tu obra social o prepaga no autoriza la cirugía bariátrica o demora la cobertura, puedo analizar tu caso y ayudarte a reclamar el cumplimiento de tus derechos.

Cynthia Brem - Abogada especialista en derecho y salud.
Cel. 3447434355
Atención presencial, y virtual a todo el país.


04/08/2026

Podés convertirte en madre o padre con una firma y no saber realmente lo que esa firma implica.

El mayor error en los tratamientos de fertilidad no ocurre en el laboratorio. Ocurre cuando te hacen creer que el consentimiento informado es un simple trámite.

Eso fue parte del problema del caso de Natalie y su hija Floriane que durante un mes, la beba no tuvo DNI, ni cobertura médica y no se pudo inscribir su doble filiación.

La historia es la siguiente: Dos mujeres comenzaron un tratamiento de reproducción humana asistida y firmaron el consentimiento informado exigido por la ley. Después de la concepción, la pareja se separó y una de ellas decidió no continuar con el proyecto parental.

(Sigue en comentarios👇🏻👇🏻)

Tener epilepsia no tiene por qué ser un obstáculo para acceder a tu tratamiento, a un trabajo o a tu educación. Y además...
27/07/2026

Tener epilepsia no tiene por qué ser un obstáculo para acceder a tu tratamiento, a un trabajo o a tu educación. Y además hay una ley que lo respalda.

La Ley 25.404 obliga a obras sociales y prepagas a cubrir de forma integral el tratamiento médico y farmacológico de la epilepsia, incluyendo medicación esencial y de segunda línea cuando el profesional tratante lo indica.

La Justicia ya lo dejó en claro: ninguna obra social o prepaga puede imponer un criterio administrativo por encima de una indicación médica fundada.

Hablemos claro: si tu médico lo recetó, se cubre.

Tampoco pueden discriminarte para acceder a un empleo, incluido el sector público, ni para estudiar en ningún nivel educativo.
Si te negaron algo de esto, tenés vías idóneas para reclamarlo.

Guardá este posteo, puede ayudarte a vos o a alguien que conocés.

Si necesitás asesoramiento en este tema, no dudes en escribirme.

Estoy para acompañarte a defender tus derechos

Cynthia Brem - Abogada especialista en derecho y salud
Cel. 3447434355

24/07/2026

Una obra social rechazó cubrir un estudio genético que había sido indicado antes de un tratamiento de fertilización asistida.

Sin embargo, la Justicia ordenó que se brindara la cobertura integral.

Los jueces consideraron que el estudio era necesario porque ella y su pareja tenían riesgo de transmitir una enfermedad genética a sus futuros hijos, (fibrosis quística), y que el diagnóstico genético preimplantacional podía reducir ese riesgo al permitir seleccionar embriones sin la alteración genética antes de la transferencia.

Este caso demuestra que una negativa de la obra social no siempre significa que debas resignarte. Si existe una indicación médica y fundamentos suficientes, esa decisión puede ser revisada judicialmente.
Conocer tus derechos puede marcar una diferencia importante durante un tratamiento de reproducción asistida.

Si estás pasando por esta situación no dudes en escribirme, estoy para ayudarte.
Y si necesitás el fallo judicial envíame un mensaje o hacemelo saber en comentarios.

Cynthia Brem - Abogada especialista en derecho y salud
Cel. 3447434355


13/07/2026

Las negativas de cobertura para cirugías oculares siguen siendo más frecuentes de lo que imaginás.

Las obras sociales y empresas de medicina prepaga rechazan la cobertura de implantes de lentes intraoculares, invocando cuestiones administrativas o limitaciones del plan de salud, o que es un tema meramente estético.

Y la justicia no duda en expresar que los lentes intraoculares son un elemento indispensable de la cirugía, no pueden imponerse trabas administrativas que impidan acceder al tratamiento prescripto por los

Además, el derecho a la salud y a la integridad física prevalece sobre las restricciones contractuales o comerciales.

Si tu obra social o prepaga te negó una cirugía ocular, o cualquier prestación indicada por tu médico, esa decisión no siempre es definitiva.

Informate antes de asumir el costo por tu cuenta.
Si estás atravesando una situación similar, escribime para evaluar tu caso.

Y seguime para conocer más sobre tus derechos en materia de salud.

Cynthia Brem - Abogada especialista en derecho y salud
Cel. 3447434355

09/07/2026

Queda tan linda esa demanda,
Queda tan perfecto ese amparo
Que no puedo no hacer esto...

Colegas, confirmen! 😎

08/07/2026

El consentimiento informado en un tratamiento de fertilidad, deja constancia que recibiste información clara sobre la técnica a realizar, sus riesgos, beneficios, alternativas y las posibilidades de éxito del mismo.

También refleja algo muy importante como es tu voluntad procreacional, esto es la intención y el deseo libre, previo e informado de tener un hijo.

Hay un dato no menor que no todos conocen, y es que el consentimiento puede revocarse, pero solo hasta determinados momentos del tratamiento:
- En las técnicas de baja complejidad, antes de la inseminación.
- En las técnicas de alta complejidad, antes de la transferencia del embrión.

Por eso, antes de firmar, es fundamental comprender el alcance legal y médico de cada cláusula.

A pesar de lo que muchas personas piensan que es un simple formulario administrativo, en realidad es uno de los documentos más importantes de todo el proceso de reproducción asistida.

Si estás por comenzar un tratamiento de reproducción asistida y tenés dudas sobre tus derechos o sobre el consentimiento informado, dejalas en los comentarios o escribime por privado.

Cynthia Brem - Abogada especialista en derecho y salud
Cel. 3447434355

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