23/09/2026
🚗 ¿TE ADJUDICARON EL VEHÍCULO Y TODAVÍA NO TE LO ENTREGARON?
Si participás de un plan de ahorro y ya tenés tu vehículo adjudicado, pero la concesionaria o administradora demora injustificadamente la entrega, podés reclamar legalmente el cumplimiento de lo acordado y los daños que correspondan según tu caso.
⚖️ ¿QUÉ PODÉS RECLAMAR?
✔️ Entrega del vehículo adjudicado, cuando exista incumplimiento de las obligaciones asumidas.
✔️ Incumplimiento o demora en los plazos de entrega, conforme las condiciones del contrato y la normativa aplicable.
✔️ Pagos o cuotas no reconocidos, diferencias en el estado de cuenta o importes abonados que no hayan sido correctamente imputados.
✔️ Pagos extraordinarios o cuotas adicionales que no hayan sido reconocidos o imputados correctamente.
✔️ Daños y perjuicios, cuando correspondan y puedan acreditarse.
✔️ Privación de uso, ante los perjuicios derivados de no poder disponer del vehículo durante el período de demora, cuando resulte procedente.
✔️ Daño no patrimonial y daño punitivo, en los supuestos en que legalmente correspondan y de acuerdo con las circunstancias concretas del incumplimiento. La Ley de Defensa del Consumidor contempla expresamente la multa civil del artículo 52 bis.
📌 Cada caso debe analizarse de manera particular, teniendo en cuenta el contrato, la adjudicación, los pagos realizados, las comunicaciones con la concesionaria o administradora y el tiempo efectivo de demora.
Si cumpliste con tus obligaciones, analizamos si existen incumplimientos y qué vías legales pueden corresponder.
⚖️ ESTUDIO JURÍDICO INTEGRAL JS
Dr. Javier Sánchez
Abogado • Procurador • Comunicador Social
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