30/08/2022
📍Tema de hoy: Sucesiones 👨👩👦👦📝
📌 Este post surge a raíz de una pregunta que me hicieron ustedes 🤗 Así que, espero que les sirva la información!
🔸 La ley establece que están legitimados para iniciar el juicio sucesorio las siguientes personas:
👉🏻 Los herederos legítimos: ascendientes, descendientes, cónyuge o colaterales 👨👩👦👦 Si no sabes de quiénes estamos hablando, te invito a que veas el post del 10 de agosto donde lo explicamos detalladamente 😉
👉🏻 Herederos testamentarios: son aquellos designados como herederos por la persona fallecida a través de un testamento 📝
👉🏻 Los tutores o representantes legales de los herederos que sean menores de edad o personas incapaces 👧🏻🧒🏼👶🏻
👉🏻 Los acreedores de la persona fallecida, en caso de que ésta haya dejado deudas 💰
⚠️ No se requiere la presentación conjunta, sino que cualquiera de las personas que acabamos de mencionar puede iniciar el juicio sucesorio ‼️
🔹 Te resultó útil esta información? Si tenés alguna duda, déjamela en comentarios ⬇️ Te leo!
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